Hospital virgen de la luz
Una primera sentencia reconocía el daño y mala praxis que llevaron a este fallecimiento, condenando al SESCAM y a Mapfre a pagar 60.000 euros, pero el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha reconoció el recurso de las partes. El fallecimiento ocurrió en el Hospital Virgen de la Luz, de Cuenca.

El TSJ de Castilla-La Mancha ordena una indemnización de 600.000 euros por la muerte de un paciente tras una cirugía

5 / 03 / 2023 00:40

Actualizado el 05 / 03 / 2023 00:42

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La-Mancha ha condenado al Servicio de Salud de Castilla La-Mancha (SESCAM) a indemnizar con 600.000 euros a los familiares de un paciente que falleció como consecuencia de una hemorragia causada por una intervención quirúrgica en el Hospital Virgen de la Luz (Cuenca) y que no se detectó.

La operación consistía en la extirpación del bazo del afectado debido a una esplenomegalia (agrandamiento de este órgano) y otros factores que alteraban su capacidad de coagulación. Durante la misma se lesionó una arteria peripancreática que empezó a causar taquicardias y dolor abdominal mientras el paciente se encontraba en el control postoperatorio.

Como se comprobó, los profesionales sanitarios que se encontraban en el área de reanimación proveyeron analgésicos al paciente e ignoraron sus síntomas durante tres horas y media, durante las cuales este perdió cuatro litros de sangre, lo cual causó una parada cardiorrespiratoria.

Aun así, los trabajadores presentes tardaron dos horas más en atender la hemorragia y estabilizarlo, pero la demora derivó en un daño hipóxico que causó la muerte del paciente al día siguiente.

Una primera sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo de Cuenca reconocía el daño y mala praxis que llevaron a este fallecimiento, condenando al SESCAM y a Mapfre a pagar 60.000 euros, pero la familia del fallecido, con la asistencia legal de Francisco Fernández-Bravo, de los servicios jurídicos de la Asociación «El Defensor del Paciente«, recurrieron, lo cual fue estimado para aumentar la cuantía hasta unos 517.000 euros de principal y 83.000 euros de intereses.

El tratamiento incorrecto pasa por la omisión de los antecedentes de problemas de coagulación del afectado en los procedimientos, la falta de atención a sus síntomas, y la ausencia de pruebas para controlar la posible hemorragia cuando había signos suficientes, suponiendo una infracción de la lex artis, como se explica en una sentencia a la que ha tenido acceso Confilegal.

Desde la Asociación «El Defensor del Paciente», su presidenta, Carmen Flores, ha señalado cómo la situación como «un caso evidente de mala praxis» y ha destacado la «justicia e indefensión» que causa en otros escenarios «la aplicación abusiva de la figura de la pérdida de oportunidad que se usa indiscriminadamente por los Tribunales en muchas ocasiones».

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