La Audiencia Provincial de Barcelona deniega la prueba de ADN para comprobar si el corazón de una autopsia es el de un paciente fallecido
El paciente había asistido con fiebre al Hospital del Mar, en Barcelona, el 8 de mayo de 2020, acompañado de su hermana, y falleció mientras el personal de seguridad le practicaba maniobras de contención como respuesta a una agitación que presentó en el contexto de su cuadro clínico.

La Audiencia Provincial de Barcelona deniega la prueba de ADN para comprobar si el corazón de una autopsia es el de un paciente fallecido

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29/3/2023 06:48
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Actualizado: 28/3/2023 23:51
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La Audiencia Provincial de Barcelona ha emitido un auto por el cual rechaza que se practiquen pruebas de ADN del corazón de un paciente, cuyo cadáver fue repatriado a Albania sin el órgano, luego de que se detectaran graves irregularidades en el examen previo. Específicamente, el primer estudio que se entregó fue realizado 17 días antes del fallecimiento del afectado.

En una primera resolución, la Audiencia ordenó el 10 de diciembre del 2021 que se aportaran los documentos que justifiquen la remisión de muestras de la autopsia del cadáver. De estas diligencias se obtuvo un estudio histopatológico del corazón cuyas fechas resultaban incongruentes con los hechos probados. La segunda resolución, del 23 de marzo de este año, deniega la solicitud de una prueba de ADN.

«La Audiencia Provincial de Barcelona afirma que los números de referencia de la autopsia encajan, pero también tienen que encajar las fechas, y la familia todavía duda de si es la del fallecido», reclama Carlos Sardinero, especialista en Derecho Sanitario y adscrito a los servicios jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente. En representación de la familia, ha pedido una aclaración del auto con la susodicha incongruencia como punto central, cuya explicación ha «eludido» la Audiencia.

Respecto a la posibilidad de emprender acciones penales por la causa de muerte, Sardinero insiste en que «no se sabe todavía la causa de muerte» pero que la familia «las tomará contra quien corresponda».

El paciente había asistido con fiebre al Hospital del Mar, en Barcelona, el 8 de mayo de 2020, acompañado de su hermana, y falleció mientras el personal de seguridad le practicaba maniobras de contención como respuesta a una agitación que presentó en el contexto de su cuadro clínico.

El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña realizó un informe de autopsia el 1 de junio de 2021, casi un año después, que concluía que el fallecimiento «fue consecuencia de una parada cardiaca por ateromatosis coronaria subcrítica», reconociendo sin embargo que «la presencia de bronquiolitis, fiebre, agitación y contención fueron factores que favorecieron el desenlace provocando aumento de la demanda cardíaca».

Según Sardinero, el tratamiento de esta autopsia en la resolución es «incoherente y contradictoria», ya que reconoce la contención como una «causa intermedia» que contribuyó al fallecimiento, pero en otro párrafo establece que no se considera indicio suficiente como para considerarlo una muerte violenta.

Se le extirpó el corazón al fallecido para hacer un examen histopatológico y determinar la causa de muerte, pero los resultados entregados databan del 22 de abril del mismo año, 17 días antes de que muriera. Entretanto, los restos del paciente habían sido repatriados a Albania.

La familia ha reclamado que la decisión de separar el corazón del cuerpo es irregular, rompiéndose la cadena de custodia, y que podría haberse hecho una autopsia en el país natal del paciente si se hubiera dejado en su sitio.

De hecho, el Instituto de Medicina Forense de Albania emitió un informe por el cual explicaba que «no [podían] determinar la causa de la muerte de la víctima con exactitud científica en ausencia de la exploración del corazón, que es un órgano vital e importante». Por este motivo, la Fiscalía del Tribunal de Primera Instancia de Tirana, en Albania, ha registrado un procedimiento penal, que sigue abierto, por un presunto delito de compraventa ilegal de órganos.

La fiscalía albana ha dirigido una comisión rogatoria a las autoridades judiciales en dos ocasiones, el 1 de febrero de 2021 y el 06 de abril del 2022, para solicitar el envío del corazón de manera que se puedan realizar pruebas de ADN o, en su defecto, de una prueba de ADN realizada en el territorio español.

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