Declarada en situación de Gran Invalidez una mujer con esquizofrenia: El INSS sólo le otorgaba la permanente absoluta
La empleada trabajaba como administrativa y necesitaba ayuda para realizar algunas de sus tareas básicas

Declarada en situación de Gran Invalidez una mujer con esquizofrenia: El INSS sólo le otorgaba la permanente absoluta

19 / 04 / 2023 06:48

Actualizado el 19 / 04 / 2023 13:36

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado que una trabajadora con esquizofrenia y con problemas de salud mental reconocido desde hace 15 años está en situación de Gran Invalidez y no de incapacidad permanente absoluta, como decía el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Necesitaba ayuda de terceros para tomar su medicación.

Esta sentencia 326/2023 de 30 de marzo, que confirma la de primera instancia, ha sido dictada por los magistrados de la Sala de lo Social Ignacio Moreno González-Aller, José Luis Asenjo Pinilla y Emilio Palomo Balda.

La protagonista de esta historia es una mujer de 51 años que trabajaba como administrativa. En 2019 fue declarada en situación de incapacidad permanente total al padecer un trastorno esquizofrénico. Es decir, que no podía ejercer su profesión habitual pero sí otras. 

Sus limitaciones eran, por ejemplo, dificultad para realizar tareas de responsabilidad, falta de concentración y riesgo tanto para ella como para terceras personas. Por lo que le otorgaron una pensión equivalente al 55% de su base reguladora de 1.245 euros mensuales. 

Además, también tuvieron en cuenta que la trabajadora tuvo que ser ingresada en dos ocasiones en octubre y noviembre de 2018.

En 2020 aumentaron sus limitaciones y revisaron su tipo de incapacidad

Un año después se revisó su dolencia porque se había agravado desde el confinamiento por la crisis sanitaria del coronavirus.

La médico inspectora de la Seguridad Social declaró que la empleada había despertado nuevas limitaciones. Entre ellas, puerilidad, pensamiento empobrecido con síntomas de deterioro psicótico, inestabilidad emocional, alteración del sueño, somatizaciones, incontinencia urinaria mixta y factores estresantes que le requerían intervención intensiva por psiquiatría y psicología. Tuvieron que reajustarle la medicación.

Debido a su variación de lesiones, la Seguridad Social le concedió la incapacidad permanente absoluta. Es decir, que ya no iba a poder ejercer ni su profesión habitual ni otra.

Necesitaba ayuda de terceras personas

En cambio, lo que la trabajadora buscaba era que se le concediese la Gran Invalidez al necesitar ayuda familiar para asistir a las consultas e ingresos hospitalarios, para supervisar el tratamiento farmacológico y para las actividades básicas de la vida cotidiana.

Pues un informe emitido en agosto de 2021 por la Directora General de Coordinación de la Dependencia de la Comunidad de Madrid determinó que su grado de autonomía era de 2 sobre 3, y, por tanto, necesitaba ayuda. Pero la Seguridad Social no se la concedió, por lo que fueron a los tribunales.

El Juzgado de lo Social Nº6 de Madrid dio la razón a la trabajadora y la declaró en situación de Gran Invalidez con derecho a percibir el 100% de su base reguladora, lo que sería un complemento extra de 787 euros. 

La sentencia fue recurrida por el INSS al considerar que las dolencias y limitaciones funcionales que actualmente padece la demandante no eran constitutivas de una Gran Invalidez, sino congruentes con la incapacidad permanente absoluta que se le había asignado. Relataron que la ayuda que necesitaba era parcial. 

Los magistrados han recordado una sentencia dictada por el Tribunal Supremo en 1989 que decía que para obtener una declaración de esta naturaleza, el afectado debía presentar “pérdidas anatómicas o funcionales que hagan precisa la asistencia de otra persona para la realización de los actos más esenciales de la vida”. 

Supervisión para la medicación

Por lo que su criterio coincidía con el de la magistrada del Juzgado de lo Social Nº6. Y aunque han señalado que el acompañamiento al hospital de un familiar o la supervisión de algunas tareas no es un condicionante para que se conceda la Gran Invalidez, sí lo es la ayuda para tomar la medicación. 

Han destacado que por su tipo de dolencia, es imprescindible que tome su medicación de forma regularizada y pautada, por lo que en este sentido sí es necesaria la presencia de una tercera persona. 

Ya que, si no las toma, puede tener delirios y alucinaciones y otras situaciones “francamente negativas tanto para sí como para otras personas”, por lo que han desestimado el recurso interpuesto por el INSS. 

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