La Justicia ordena el ingreso en prisión del exmagistrado Fernando Presencia
El exmagistrado Fernando Presencia en una foto tomada el 7 de julio del año pasado a la entrada de la Audiencia Nacional, a donde fue a declarar como investigado en la causa abierta contra él por el supuesto deilto de calumnias. Foto: EP.

La Justicia ordena el ingreso en prisión del exmagistrado Fernando Presencia

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13/5/2023 06:31
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Actualizado: 13/5/2023 08:35
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El Juzgado de lo Penal 3 de Toledo, con sede en Talavera de la Reina, ha declarado la firmeza de la ejecución de la pena de prisión de 2 años y 10 meses de prisión impuesta al exmagistrado Fernando Presencia.  

Así lo establece el auto dictado el pasado 9 de mayo por el magistrado Óscar Jiménez Moriano, titular del Juzgado Mixto 5 de esa ciudad, que sustituye a su compañera Marta Vicente de Gregorio.

Auto al que ha tenido acceso Confilegal.

Esta magistrada está personada en la causa que se sigue contra el exmagistrado en la Audiencia Nacional. Por lo tanto, se ha abstenido en esta causa.

El auto de ejecución es la consecuencia de la inadmisión del recurso de casación, que interpuso Presencia ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo contra las dos condenas que le impuso el mencionado Juzgado de lo Penal, en primera instancia,.

Y que fueron ratificadas en apelación por la Audiencia Provincial de Toledo después.

La primera condena fue de 16 meses. Por el delito de denuncia falsa.

La segunda, de 18 meses, por el delito de calumnias con publicidad contra el fiscal decano de Talavera de la Reina, Ángel Demetrio de la Cruz Andrade.

Juntas suman los 2 años y 10 meses referidos.

También se le impuso el pago de una indemnización de 30.000 euros y una multa de 3.420 euros.

No ha hecho frente a ninguna de las dos cantidades.

PRESENCIA TIENE ANTECEDENTES PENALES

“El condenado carece de la condición de delincuente primario puesto que tiene antecedentes penales en vigor por la comisión de un delito de prevaricación judicial (…) que adquirió firmeza el 10 de diciembre de 2018”, dice el auto.

“En segundo lugar, las penas que le han sido impuestas superan los dos años de prisión pues el sumatorio de las penas por los dos delitos por los que se le ha condenado arrojan un total de 2 años y 10 meses de prisión”, prosigue.

Y añade: “Ni las circunstancias personales del penado ni la naturaleza del hecho y el factor de que no haya adoptado conducta alguna tendente a reparar el daño causado aconsejan tal suspensión ya que el penado no ha satisfecho cantidad alguna de la indemnización, por importe de 30.000 euros a la que ha sido condenado en concepto de responsabilidad civil”.

Para concluir: “por todo lo razonado, no puede otorgarse al condenado D. Fernando Presencia Crespo el beneficio de la suspensión de la ejecución de las penas de 16 meses de prisión y de 18 meses de prisión”.

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