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Ideología social y sesgos en la Justicia (II)

Ideología social y sesgos en la Justicia (II)
El columnista, Juan Perán, continúa en esta segunda entrega esta temática sobre la ideología de los jueces y los sesgos que presentan.
17/6/2023 06:30
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Actualizado: 17/6/2023 14:14
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Su influencia como causa irracional para una justicia injusta.

“La obra maestra de la injusticia es parecer justo sin serlo”

(Platón)

SESGOS COGNITIVOS Y RUIDO EN LAS SENTENCIAS

En la primera parte de este artículo, se expuso la influencia de factores sociales y personales en las decisiones judiciales. Los jueces son personas que viven en sociedad y que se ven afectados por el entorno social y cultural. Este y los sesgos cognitivos, son grandes enemigos de la imparcialidad, la neutralidad y la justicia.

Todo el panorama social y la ideología imperante, junto con la multitud de factores mentales que afectan e inciden sobre los individuos, conforman su manera de estar en el mundo: la forma en que las personas interpretan la realidad y su actuar en la vida.

Y lógicamente, como se ha dicho, eso también se refleja en las “opiniones” de los jueces en sus sentencias.

Dijo George Orwell que ver lo que uno tiene delante de la nariz requiere una lucha constante.

Una batalla de consciencia diría yo, en un mundo y en una sociedad donde cada vez más personas vagan perdidas entre sombras y oscuridad con miedo a abandonar el rebaño. 

Ante la rapidez de los hechos, la capacidad del ser humano para pensar, analizar, valorar y decidir, se reduce mucho. Lo fácil es seguir la corriente, la tendencia, la moda o lo que otros hacen.

Dejarse llevar e interpretar y actuar por tanteo o simple estimación es lo más habitual.

Con saltos en el procesamiento de la información. Sobre todo, porque vivimos muy acelerados y analizar, valorar, ponderar, contrastar, considerar… todo eso, requiere tiempo, trabajo y esfuerzo.

Y, además, ir contracorriente implica asumir riesgos.

Ahí, es donde entran en juego los denominados sesgos cognitivos.

En 1960 se realizaron los primeros estudios empíricos con los que se demostró que el ser humano incurre en errores que se producen al procesar la información proveniente del exterior de manera parcial y simplificada y que esto, se hace para reducir en lo posible, la complejidad de la información recibida.

Insisto, en el frenético ritmo del mundo actual, los humanos nos vemos obligados a tomar decisiones de manera rápida y sin pensar demasiado.

Se trata del procedimiento mental de simplificación denominado proceso heurístico, al cual no son ajenos los jueces en la toma de sus decisiones.

Hablo de formas de procesar la información que afectan al razonamiento lógico-abstracto.

En lo que ahora me interesa, trataré de demostrar que esas disonancias cognitivas pueden afectar a las decisiones de un juez y que eso, es una amenaza para la exigible racionalidad que deben tener sus resoluciones.

Y la justicia.

Que los jueces están expuestos a dichos sesgos cognitivos como cualquier persona es una evidencia. Nadie permanece hoy aislado en una burbuja de neutralidad.

Es imposible por lo ya expuesto en la primera parte de este artículo.

Todos los estudios son unánimes al sostener el influjo de estos sesgos cognitivos en toda persona que deba tomar una decisión en una situación de incertidumbre; posición en la que se encuentran tanto los jueces profesionales, como los jurados a la hora de dictar sentencia o emitir un veredicto.

Además de los sesgos cognitivos, otro factor denominado ruido también puede influir en las decisiones de un juez.

El ruido se refiere a la toma de decisiones diferentes en casos similares, lo que indica una falta de consistencia en el proceso de toma de decisiones. Esto conduce a resultados incomprensibles, desiguales e injustos.

Diferentes jueces pueden interpretar la misma evidencia de manera dispar, lo que genera una falta de predictibilidad y confianza en el sistema judicial. Esta falta de uniformidad puede agravar la percepción de sesgo y discriminación, especialmente cuando se percibe que las decisiones favorecen de manera sistemática a una de las partes en detrimento de la otra.

Esto está ocurriendo de manera alarmante (a mi juicio y desde hace ya varios años) en la jurisdicción de familia, siendo por lo general el hombre, el perjudicado.

La influencia perniciosa de los sesgos cognitivos y el ruido en las resoluciones judiciales no solo tiene consecuencias individuales para la parte afectada, sino que también socava la legitimidad del sistema judicial en su conjunto.

La justicia debe ser imparcial y basarse en principios de igualdad y equidad. Cuando los sesgos cognitivos y el ruido afectan negativamente las decisiones judiciales, se compromete la integridad del sistema y se mina la confianza de los ciudadanos.

Es fundamental implementar medidas para abordar estos problemas en la jurisdicción de familia y en el sistema judicial en general.

LOS SESGOS MÁS HABITUALES QUE SUFREN LOS JUECES

Recapitulando, los sesgos cognitivos son errores sistemáticos en el pensamiento que pueden influir en la toma de decisiones judiciales. A continuación, se presentan algunos de los sesgos cognitivos más comunes en la toma de decisiones judiciales.

SESGO DE CONFIRMACIÓN

Se refiere a la tendencia a buscar, interpretar y recordar información de una manera que confirma las creencias o hipótesis previas, apartándose del caso en concreto.

En la toma de decisiones judiciales, esto puede llevar a los jueces a ignorar o minimizar la información que contradice su hipótesis previa. Muchos jueces, se “repiten” a sí mismos y practican el poco recomendable “copia y pega” o incluso la auto cita.

¿Qué hace si no el propio Tribunal Supremo? Hay muchos asuntos, mucho trabajo acumulado y hay que sacar sentencias, algunas, como churros. Clones y cita a mansalva de sentencias con las que confirmar y reconfirmar.

¿Dónde queda la creatividad, la innovación, la diferente visión atendiendo a las particularidades del supuesto concreto? No existen dos asuntos iguales. Todos tienen sus matices.

SESGO DE DISPONIBILIDAD

Se tiende a dar más peso a la información que es más fácilmente disponible en la memoria, o sea, lo último que se ha visto o aquello que más ha llamado la atención.

Esto lleva a los jueces a basarse en lo más cercano o más recordable por inmediatez, en lugar de considerar toda la información relevante existente en la causa. Muchos jueces parecen no haberse leído nada de las actuaciones y entonces en su decisión se basan solo en lo que captan en la vista del juicio.

Esto es perceptible por los abogados en las vistas de una manera muy clara: jueces que no saben de lo que va el asunto y su primera aproximación es a través de lo que escuchan de los abogados, si es que los escuchan. Luego a la hora de poner la sentencia, si hay que profundizar, se hará.

SESGO DE ANCLAJE

Tendencia a dar demasiado peso a la primera información que se recibe.

A la hora de tomar decisiones, influye la primera impresión que ratifica una creencia ya instalada o coincidente con la propia (nuestras “gafas” a las que aludía en la primera parte de este artículo). Es lo más parecido a lo que se denomina un prejuicio.

Actuar de esta manera implica que se deja de lado o no se considera la totalidad de la información aportada por las partes a la causa. Si es muy prolija o mal presentada, con más facilidad tienden a sufrir este sesgo los jueces.

Puedo decir por experiencia propia y ajena que los abogados somos enjuiciados con más dureza y rigor en los procedimientos en los que somos parte.

SESGO DE REPRESENTATIVIDAD

Interviene cuando se tiende a juzgar la probabilidad de un evento en función de lo bien que se ajusta a un estereotipo o prototipo del juez.

En la toma de decisiones judiciales, esto puede llevar a los jueces a dictar resoluciones basadas en la ideología imperante; las opiniones sociales que están más presentes, lo que se espera de ellos o, mejor dicho, lo que según lo políticamente correcto, no procede. Ir contracorriente tiene sus riesgos. Mejor es representar lo esperado.

SESGO DE RETROSPECTIVA

Este sesgo se refiere a la tendencia a juzgar los eventos pasados como más predecibles de lo que realmente eran. Esto puede llevar a los jueces a considerar que las cosas eran más obvias de lo que en realidad lo eran en el momento en que ocurrieron.

Es decir, basarse en la creencia de que lo ocurrido era inevitable o predecible a partir de que ya ha ocurrido. Esto es peligroso porque lleva a subestimar la incertidumbre y a no considerar todas las opciones posibles.

Se tiende a la simplificación y a lo fácil y con ello se crea injusticia.

SESGO DEL PRECEDENTE Y SESGO DE AUTORIDAD

Ambos son de los más demoledores cuando están presentes en la administración de justicia. El sesgo del precedente (que no es sino mezcla de los sesgos de riesgo cero y sesgo de confirmación), o sea, la tendencia a aferrarse acríticamente a lo que ya está juzgado por los pares o superiores.

Estos sesgos son los que usan los abogados que buscan con ansia viva la jurisprudencia como anzuelo al que enganchar al juez cuando decida. Los jueces también obviamente los usan, pues al moverse en escenarios de incertidumbre elevada, buscan la seguridad que da el que alguien ya lo haya dicho antes.

Primero, si hay un precedente jurisprudencial y cuanto mayor rango y más reciente sea, mejor.

Segundo, si no hay precedente jurisprudencial, la indagación de fuente a la que asirse le llevará a optar por la solución que suele apoyar el tribunal superior, pues aquélla está rodeada de una aureola de mayor confianza por la imparcialidad que se presume.

Si hay que equivocarse, que lo sea acompañado en la caída por el poder público superior. 

Estos poderosos sesgos entran a funcionar donde la duda jurídica o, de hecho, no se han disuelto claramente, siendo enemigos letales de la creatividad y de la justicia al caso concreto.

Hablo de sesgos que explican el cada vez más frecuente “corta y pega” de muchas sentencias, y, por otro, la orientación conservadora en el sentido del rechazo a innovar criterios jurídicos o a cambiar la orientación jurisprudencial. 

A mi juicio, estos son los sesgos cognitivos que deberían ser erradicados (o cuando menos, minorados) porque inciden muy perjudicialmente en la labor de impartir una justicia de calidad.

Es muy desesperante comprobar que, en lugar de hacer justicia al caso concreto, se tiende a seguir el criterio de la autoridad. Como un tribunal superior ha dicho algo con anterioridad, lo fácil es acogerse a ello, sin excesiva argumentación o detalle.

Pero entonces, ¿qué sentido tiene un procedimiento judicial, la aportación de pruebas y la realización de una vista de un asunto concreto?

EFECTOS PERNICIOSOS: UNA JUSTICIA QUE NO LO ES

Los efectos de todo lo expuesto pueden socavar la equidad y la imparcialidad del sistema judicial porque suponen:

DESVIACIÓN DE LA IMPARCIALIDAD

los jueces pueden tomar decisiones sesgadas, en lugar de basar sus conclusiones en hechos y pruebas objetivas del caso en concreto con análisis pormenorizado. Pero claro esto exige mucho trabajo. La consecuencia es la falta de imparcialidad y una percepción de injusticia en una de las partes del procedimiento.

DISCRIMINACIÓN INJUSTA

En lugar de evaluar las particularidades de un caso de manera imparcial, los jueces pueden verse inclinados a favorecer a ciertos individuos o grupos sociales en función de su identidad de género, raza, creencias políticas, etc. Es decir, seguimos la ideología social imperante.

PÉRDIDA DE CREDIBILIDAD Y CONFIANZA PÚBLICA

Con la simplificación que implica la heurística se pone en riesgo la credibilidad del sistema judicial, lo que a su vez socava el Estado de Derecho.

FALTA ALTA DE CONSISTENCIA EN LAS DECISIONES

Diferentes jueces pueden tomar decisiones dispares frente a casos similares. Esta falta de consistencia genera incertidumbre y desigualdad ante la ley. Ruido, mucho ruido, cada vez más ruido.

Muchos abogados en su función diaria se quejan de decisiones y sentencias en las que parece que el juez ha optado por alguna de las opciones posibles y habituales porque es lo que toca. No existe el exigible examen y la valoración en detalle respecto del caso concreto.

Tanto es así que cuando un juez o tribunal dicta una sentencia meditada y creativa es objeto de admiración y hasta se publica y comenta en redes. Los abogados nos hacemos eco y se elogia.

Muchos nos quejamos, pero hacemos poco frente al panorama descrito. Lo padecemos y sufrimos en silencio.

Es hora de empezar a tomar consciencia de este fenómeno cada vez más habitual y que va en detrimento de una justicia de calidad.

Es el momento de dar a conocer y visualizar estas situaciones de prejuicio que llevan a la indefensión y a la injusticia.

Porque de lo contrario la conclusión es rotunda: una justicia con sesgos e ideologizada social y políticamente, no es justicia.

¿Serán las máquinas y en concreto la Inteligencia Artificial (IA) la solución a todo esto?

Juan Perán tiene una web llamada www.articulosdisruptivos.com.

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