Penal Económico: Reducción de pena a un abogado por deslealtad profesional pero no por apropiación indebida 
El abogado fue condenado a 21 meses de prisión por apropiación indebida pero su condena por deslealtad profesional se redujo en el Supremo.

Penal Económico: Reducción de pena a un abogado por deslealtad profesional pero no por apropiación indebida 

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18/6/2023 06:30
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Actualizado: 17/6/2023 20:09
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Aunque es poco habitual, a veces, al igual que en todas las profesiones, hay abogados que se aprovechan de la inocencia de sus clientes y se apropian de su dinero indebidamente. Una práctica que se traduce en pena de cárcel pero, por la condición de letrado, también puede ir de la mano de un delito de deslealtad profesional.

Javier (nombre ficticio) ejercía como letrado en un despacho y estaba colegiado en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB). 

Pero en el año 2013 recibió la visita de Florencia, (nombre ficticio) una clienta que necesitaba sus servicios para llevar a cabo unas gestiones relacionadas con la tramitación de la compraventa de un piso. Por este proceso le entregó una cantidad de 9.275 euros.

Sin embargo, Javier no tenía intención de llevar a cabo tal encargo profesional, sino que su objetivo era quedarse de forma injusta con el dinero de Florencia, y lo logró.

Pero Florencia no fue su única víctima ya que meses después vio claro realizar la misma operación con otra mujer llamada María (nombre ficticio) que también acudió a su despacho en busca de un profesional del derecho.

Aunque eso sí, salió peor parada que su primera clienta porque ésta le entregó diversas cantidades de dinero para que le llevara casi una docena de asuntos, algunas de un importe elevado. Euros que nunca se destinaron a su fin.

No llevaba a cabo las operaciones por las que le contrataban

La primera «clavada» llegó cuando María le entregó mediante transferencia bancaria 1.650 euros para que realizase los trámites oportunos para poder cobrar la herencia de su difunto padre en Almería.

Acto seguido, el abogado le comunicó a su clienta que había observado que tanto su hermano como otro familiar estaban intentando apropiarse de la herencia en su detrimento.

Por lo que el letrado le aconsejó ponerles una querella. María, siguiendo su recomendación, le abonó otros 3.000 euros para que le llevase dicho proceso. Más tarde Javier le volvió a requerir 750 euros en concepto de dietas por un viaje que manifestó haber realizado para informarse del curso de la querella. También le reclamó el pago urgente de 21.000 euros para una fianza judicial.

Pero Javier no realizó ninguna actuación procesal y no cumplió con ninguno de los encargos profesionales solicitados. 

No obstante, decidió seguir engañando. Informó a María que había sido denunciada por una tercera persona, por lo que ésta le envió una transferencia de 1.200 euros en concepto de provisión de fondos para que ejercitara, en defensa de sus intereses, una acción de calumnias e injurias contra esa persona. 

Y así sucesivamente con diversas cantidades de dinero hasta alcanzar una suma importante.

21 meses de cárcel por apropiación indebida

La Audiencia Provincial de Barcelona condenó a Javier como autor de un delito continuado de apropiación indebida, penado en el Código Penal en los artículos 253 y 74 a 21 meses de prisión. 

También le condenaron por un delito de deslealtad profesional, tipificado en el artículo 467.2.1 del Código Penal a pagar una multa de 1.200 euros y a no poder ejercer la profesión de abogado por un tiempo de 2 años. 

En concepto de responsabilidad civil se le impuso una indemnización para Florencia de 9.000 euros y a María de 40.000, en ambos casos con los intereses legales correspondientes. Pero Javier recurrió la sentencia ante el Tribunal Supremo. 

Esta sentencia, que es la 39/2020 de 20 de febrero ha sido analizada por el abogado especialista en penal económico del despacho Kepler-Karst y exmagistrado de la Audiencia Provincial de Madrid Eduardo de Urbano en su último libro, «Derecho penal económico: 61 defensas de éxito».

El abogado presentó seis argumentos y sólo uno prosperó

El abogado de Javier emitió una batería de argumentos -hasta seis- para intentar que su cliente quedase absuelto, pero sólo prosperó uno. 

Argumentó que se había producido una infracción del derecho de defensa porque se le impuso una pena por el delito de deslealtad profesional superior a la solicitada por las acusaciones.

Alegato que fue apoyado por el Ministerio Fiscal porque la pena que solicitaron ascendía a 12 meses de multa, que se traduce en 720 euros y no 1.200 y un año de inhabilitación profesional en vez de dos, por lo que la condena por tal delito se le redujo a esa cantidad de dinero y tiempo. El resto de la condena se mantuvo intacta.

No fue el derecho de defensa en sí lo que le redujo la pena, sino el principio acusatorio. 

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