La Fiscalía solicita a Llarena que emita de nuevo órdenes de busca y captura e ingreso en prisión contra Puigdemont y Comín
Esta petición se produce tras la sentencia del TGUE del pasado 5 de julio que retiró la inmunidad de ambos europarlamentarios.

La Fiscalía solicita a Llarena que emita de nuevo órdenes de busca y captura e ingreso en prisión contra Puigdemont y Comín

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24/7/2023 12:53
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Actualizado: 24/7/2023 14:19
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La Fiscalía ha solicitado al magistrado instructor del caso ‘procés’, Pablo Llarena, que nuevamente acuerde la busca y captura e ingreso en prisión del expresidente catalán Carles Puigdemont y del exconsejero Antoni Comín, para que sean entregados a España desde Bélgica, donde se encuentran, y poder continuar el procedimiento que tienen abierto por el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.

Solicita que se emita orden de busca y captura internacional por si fuera necesario tramitar solicitud de extradición, así como orden europea de detención y entrega (OEDEs) respecto de ambos procesados, por los hechos y delitos en que pueda encajar su participación conforme a lo dispuesto en el auto del pasado 12 de enero.

Esta petición se produce tras la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) del pasado 5 de julio que retira la inmunidad de ambos europarlamentarios.

Aunque dicha sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el recurso no tiene efecto suspensivo, por lo que teniendo en cuenta la situación personal de ambos -huidos de la justicia y en rebeldía-, la Fiscalía considera que resulta procedente emitir nuevamente órdenes de detención internacionales y europeas respecto a ambos procesados por los delitos especificados en el auto de 12 de enero.

El Ministerio Fiscal también recuerda que los hechos constitutivos de malversación a los que es aplicable el artículo 432 del Código Penal llevan aparejadas penas privativas de libertad que, dada la elevada cuantía de los fondos malversados, podrán ser de entre 6 y 12 años de prisión.

Las órdenes de entrega y detención europeas estaban vigentes hasta el pasado enero, cuando Llarena las dejó sin efecto tras revisar el procesamiento de los huidos del ‘procés’ a la luz de la reforma penal que eliminó la sedición y modificó la malversación.

En los casos de Puigdemont y Comín, sustituyó la sedición por desobediencia -un delito sin cárcel- y mantuvo la malversación agravada que, conforme recuerdan los fiscales ahora, conlleva pena de prisión de entre 6 y 12 años, «dada la elevada cuantía de los fondos malversados».

Entonces, el magistrado indicó que no tomaría una nueva decisión sobre las OEDEs hasta que se resolvieran dos cuestiones clave. La primera era la respuesta del TJUE a la cuestión prejudicial que Llarena planteó para que fijara el alcance de las euroórdenes después de que los jueces belgas se negaran a entregar a Lluís Puig.

El Alto Tribunal removió este primer obstáculo el 31 de enero al establecer que las autoridades judiciales que reciban las OEDEs no pueden negarse a ejecutarlas en base a presuntas violaciones de derechos fundamentales si no se demuestran deficiencias sistémicas y generalizadas en España.

La segunda incógnita a despejar era, precisamente, el fallo del TGUE sobre la inmunidad y los suplicatorios.

El fallo del TGUE también afectaba a la exconsejera Clara Ponsatí, pero al haber quedado procesada únicamente por desobediencia no es posible dictar una nueva euroorden en su contra, puesto que se trata de un delito sin pena de cárcel.

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