La juez condena al exdecano del Colegio de Abogados de Málaga por desobediencia durante el estado de alarma
En la imagen Francisco Javier Lara, en primer término, junto a su abogado defensor, José Javier Polo, en el juicio que tuvo lugar recientemente. Foto: EP.

La juez condena al exdecano del Colegio de Abogados de Málaga por desobediencia durante el estado de alarma

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27/7/2023 12:32
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Actualizado: 27/7/2023 12:53
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La magistrada Montserrat Cortés López, titular del Juzgado de lo Penal 15 de Málaga, ha condenado a Francisco Javier Lara, exdecano del Colegio de Abogados de Málaga, por un delito de desobediencia grave a una multa de 5.400 euros por negarse a enviar a los calabozos a ningún abogado del turno de oficio durante el primer estado de alarma decretado por la pandemia, cuando todavía no se había encontrado ningún remedio contra el COVID-19.

Los hechos sucedieron el 6 de mayo de 2020 cuando desde el Juzgado de Instrucción número 10 de Málaga, que estaba de guardia ese día -y del que es titular la magistrada Estela Gómez Giner-, telefonearon al Colegio para informar de que había cuatro detenidos para que fueran asistidos por miembros del turno de oficio.

Un requerimiento que no fue contestado en tiempo y forma por el Colegio y que provocó la puesta en libertad de los cuatro detenidos; uno por un supuesto delito de agresión sexual, otro por un presunto delito de violencia sobre la mujer, un tercero por violencia doméstica y el cuarto por quebrantamiento de condena,

Durante el juicio, según recoge la magistrada, el entonces decano Lara recordó el contexto en el que sucedieron los hechos, un momento de «histeria colectiva» en un «ambiente de incertidumbre y de dudas generalizadas» en el que «morían más de 1.000 personas al día en nuestro país» y subrayó que «no tuvo rotundamente voluntad de desobedecer un mandato judicial». Su objetivo, y el de la Junta de Gobierno que presidía, fue el de «proteger la vida y la salud de los colegiados», sin tener ningún «interés personal».

La magistrada Cortés López dice en su sentencia que «la falta de aviso a los letrados fue decisión personal suya, como se evidencia de las conversaciones transcritas» y subraya que desobedeció el requerimiento de asistencias letrada a los detenidos entre las 9.00 y las 18.00 horas. Una decisión sobre la que los cuatro abogados del turno de oficio no tuvieron ninguna información.


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