El TEDH cambia de criterio y establece que no se dañó la privacidad de las cajeras que fueron grabadas mientras robaban
EL TEDH señaló una violación por parte de Italia del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que protege el «derecho a la vida privada y familiar» en cuanto al establecimiento de la relación legal entre un padre y un hijo.

El TEDH obliga a Italia a pagar 24.536 euros a un padre por no registrar un nacimiento en Ucrania por vientre de alquiler

3 / 09 / 2023 00:30

Actualizado el 04 / 09 / 2023 09:45

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha determinado que los tribunales italianos no actuaron con suficiente celeridad al reconocer el parentesco legal de un hombre italiano con un bebé nacido por vientre de alquiler, según la resolución consultada por Confilegal, por lo que se impone una indemnización de 15.000 euros por «daños no pecuniarios» y 9.536 euros adicionales por costas. Además, admite el derecho de la pareja del padre

Los hechos del caso 47196/21 se remontan al 2018, cuando el padre biológico y su pareja, la futura madre adoptiva, firmaron un contrato para que una madre biológica anonimizada gestara al hijo una vez que se implantara el semen del primero en su útero. En agosto del año 2019 nació la criatura y su certificado de nacimiento se emitió en Ucrania.

Al dirigirse el padre biológico y la futura madre adoptiva al registro civil italiano para introducir los detalles de este certificado de nacimiento, el funcionario rechazó su solicitud, arguyendo que esta acción iba en contra de la política pública. Tampoco el tribunal de apelaciones italiano permitió que se registrara al bebé, que se ha quedado en una situación de incertidumbre sin que se consideraran sus intereses, con un impacto negativo, de acuerdo al documento.

La pareja se dirigió en primer lugar al juzgado del distrito para registrar al bebé, incluso si fuera con el hombre como único progenitor, pero la resolución denegó esta aplicación por considerar que los intereses del niño no pueden ir en contra de la exclusión legal de los acuerdos de vientre de alquiler, un principio que repitió cuando el padre intentó cambiar su residencia para volver a intentarlo.

EL TEDH señaló una violación por parte de Italia del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que protege el «derecho a la vida privada y familiar» en cuanto al establecimiento de la relación legal entre un padre y un hijo. Y al no actuar rápida y efectivamente para proteger los intereses del bebé, que hoy tiene cuatro años y se había considerado una persona «sin Estado» hasta ahora.

El tribunal presidido por Marko Bošnjak también reconoció que «no era generalmente ni absolutamente imposible» que se apreciara una relación de parentesco entre el bebé y la madre «intencionada», que podría adoptarlo sin que el Estado italiano «se excediera» en cuanto a la normativa vigente.

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