Los Juzgados de lo Social de Sevilla ya están señalando juicios para abril de 2027, denuncia un abogado
El abogado Antonio Manuel Jurado Cabezas, socio del despacho Jurado Meilán, explica el caso en Confilegal. 

Los Juzgados de lo Social de Sevilla ya están señalando juicios para abril de 2027, denuncia un abogado

Así ha ocurrido en el Juzgado de lo Social número 9
|
13/9/2023 06:30
|
Actualizado: 13/9/2023 08:00
|

El Juzgado de lo Social número 9 de Sevilla ha señalado un juicio por reclamación de cantidad de una trabajadora de una paga extraordinaria, de unos 12.000 euros, para nada más y nada menos que para el 22 de abril de 2027.

La afectada trabaja en un colegio de Sevilla, como auxiliar administrativa.

“Esto es una vergüenza, una barbaridad. Cada día estamos peor,cualquier tipo de procedimiento se eterniza y ya no sabemos qué decirle a los clientes”, denuncia indignado en declaraciones a Confilegal el abogado que lleva el caso, Antonio Manuel Jurado Cabezas, socio del despacho Jurado Meilán, de Sevilla, especializado en derecho laboral y de familia.

Hasta el momento, el juicio más tardío que se conocía estaba señalado para el 9 de marzo de 2027, en la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección Novena). A más de cuatro años vista.

Un caso que lleva el letrado Xavier Abat Casas, conocido como “El abogado de TikTok”.

UN LITIGIO SIN COMPLEJIDAD

Antonio Manuel Jurado ha interpuesto esta semana un recurso de reposición contra el decreto decreto de admisión de la demanda, del pasado 1 de septiembre, que fija esta fecha para el acto de conciliación y de juicio para dentro de casi cuatro años. 

En concreto, tres años y siete meses.

El abogado destaca en su escrito que estamos ante un litigio sin complejidad, en el que se dilucida la “denegación injustificada de una paga de antigüedad por 25 años de servicio, y que teniendo el plazo de un año para su abono, el empresario aún no la ha hecho efectiva, incumpliendo lo establecido en el artículo 66 de su propio convenio colectivo”.

Según explica, “la trabajadora ha solicitado una extensión de su contrato por una modificación sustancial de condiciones de trabajo y una vulneración de derechos fundamentales que probablemente se va a resolver antes, a finales de este año, y es muy probable que esta mujer acabe en la calle”.

Jurado indica que “cuando esto salga, probablemente esta mujer, que ya tiene 60 años y le va  a ser difícil recolocarse, se va a encontrar en una situación francamente complicada”. 

Pero es que, además, este letrado se jubila antes de esa fecha fijada. Su jubilación está prevista para el 6 de diciembre de 2026, por lo que su clienta se verá obligada, forzosamente, a cambiar de letrado.

SOLICITA QUE SE FIJE OTRA FECHA QUE GARANTICE EL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y A UN PROCESO SIN DILACIONES INDEBIDAS

Jurado ha pedido ayuda para este recurso al también abogado sevillano Daniel Sánchez Bernal, conocido por su lucha contra la justicia tardía, quien ya ha recurrido hasta tres veces ante el órgano de garantías en busca de amparo.

Respecto a uno de ellos, el TC dictó la famosa sentencia del pasado 10 de octubre, pronunciándose sobre las dilaciones indebidas, tachándolas de intolerables.

En su recurso de reposición, Jurado solicita que se proceda a la revocación del decreto del Juzgado, por no ajustarse a Derecho, y se señale una nueva fecha para la celebración del acto de conciliación y juicio que garantice el derecho a la tutela judicial efectiva y a un proceso sin dilaciones indebidas, de conformidad con la citada sentencia del Constitucional, acerca de un juicio fijado para junio de 2024.

“Todo el mundo sabe lo mal que está la Justicia, pero del único problema del que se habla es de la renovación del CGPJ”, declara este abogado. Y subraya que la justicia tardía es una lacra que hay que combatir entre todos, porque justicia tardía no es justicia.

Jurado afirma que también irá al Tribunal Constitucional si fuera necesario, aunque confía en que tras este recurso de reposición se le dé la razón y no se vea abocado a tener que pedir amparo al órgano de garantías.

LAS INFRACCIONES QUE DENUNCIA

Antonio Manuel Jurado entiende que la resolución del Juzgado que fija dicha fecha no es ajustada a Derecho por infracción de lo dispuesto en los artículos 82 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social, del artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, del artículo número 24.1 y 2 de la Constitución, y también del 53, el 118 y el 164.

También alude al artículo número 5 y 7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como al 6.1 del Convenio europeo para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales. 

Destaca que el decreto impugnado con señalamiento a más de tres años vista, “no realiza justificación alguna para que se proceda a señalar el acto de conciliación y posterior en tan largo espacio de tiempo”. “No se motiva, ni siquiera sucintamente, acerca de los criterios utilizados ni, a título ilustrativo, los días predeterminados para la celebración de las vistas que se hayan fijados en este órgano judicial”, argumenta.

Este letrado entiende “las carencias estructurales que surgen con el aumento del número de causas, de la falta de medios personales y materiales, las sucesivas huelgas que han casi paralizado la administración de justicia desde noviembre de 2022, con los Letrados de la Administración de justicia y posteriormente con los funcionarios de justicia, así como la alta carga de trabajo arrastrada como consecuencia de la situación de pandemia vivida”.

En este sentido, alaba “la gran labor” que desarrollan todos los profesionales de la Administración de Justicia (agentes judiciales, tramitadores y gestores procesales, letrados de la Administración de Justicia y jueces, entre otros) “en intentar resolver la saturación endémica de los juzgados”.

Pero hace hincapié en que estas circunstancias “no justifican la excesiva temporalidad en el señalamiento efectuado”, pues, ello, implica una “vulneración del mencionado derecho a un proceso sin dilaciones indebidas y a la tutela judicial efectiva”.

Noticias relacionadas:

Julián Sánchez Melgar: “Las resoluciones tienen que ser claras, precisas y congruentes”

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales