La Justicia es clara frente al INSS: Una mujer que sufre narcolepsia con cataplejía no puede trabajar en ningún oficio 
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha confirmado la decisión de declarar a una mujer que sufría narcolepsia con cataplejia en incapacidad permanente total al no poder trabajar de ningún oficio.

La Justicia es clara frente al INSS: Una mujer que sufre narcolepsia con cataplejía no puede trabajar en ningún oficio 

5 / 11 / 2023 06:30

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha confirmado la decisión de declarar a una mujer que sufría narcolepsia con cataplejía en incapacidad permanente absoluta al no poder trabajar de ningún oficio. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) sólo le concedió la total. 

Así ha quedado recogido en la sentencia 4133/2023 de 27 de septiembre que ha sido dictada por los magistrados de la Sala de lo Social Beatriz Rama Insua (ponente), Pilar Yebra-Pimentel Vilar y Carlos Villarino Moure. 

La mujer de 49 años trabajaba como operaria conservera y el 9 de abril de 2021 el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) la declaró en situación de incapacidad permanente total, es decir, que no podía ejercer su profesión pero sí otras, propuesta que fue asumida por el INSS al padecer narcolepsia con cataplejía.

Esta enfermedad es crónica y provoca somnolencia diurna, ataques de sueño, episodios repentinos de pérdida del tono muscular durante la vigilia, alucinaciones hipnagógicas, parálisis del sueño y sueño nocturno alterado.

Como ella quería la incapacidad absoluta, recurrió la decisión, sin suerte, por lo que decidió demandar al INSS. El Juzgado de lo Social Nº4 de Vigo le dio la razón y, en consecuencia, condenó al INSS a que le reconociese tal situación y a que le abonase una pensión vitalicia mensual consistente en el 100% de su base reguladora de 888 euros mensuales.

El juez consideró que no estaba capacitada para ningún tipo de actividad laboral al sufrir olvidos, nerviosismos, tartamudeos, náuseas, cefalea, palpitaciones y ardor en la garganta y pensamientos suicidas. Tenía mínimo dos episodios diarios de narcolepsia, intentaba estar siempre acompañada y hacía microsiestas por recomendación del neurólogo.

Además, en la fábrica en la que trabajaba le pasaba y sus compañeras la despertaban y sujetaban para que no cayese al suelo.

El INSS recurrió la sentencia

Pero el INSS recurrió la sentencia ante el TSXG al considerar que se había infringido el artículo 194.5 de la Ley General de la Seguridad Social, es decir, la que hace referencia a que «se entenderá por incapacidad permanente absoluta para todo trabajo la que inhabilite por completo al trabajador para toda profesión u oficio». 

Sin embargo, para los magistrados, ello no era así porque el cuadro patológico que presentaba la mujer la incapacitaba de manera permanente para toda profesión porque presentaba una dimensión tan grave y avanzada que implicaba un estado físico residual impeditivo de actividades laborales de signo físico liviano, sedentarias.

Los magistrados recordaron una sentencia dictada por el Tribunal Supremo en 1990 la cual establecía que toda actividad laboral implica no sólo la posibilidad de realizar un trabajo, sino de efectuarlo con un mínimo de profesionalidad, rendimiento y eficacia de modo continuado.

De manera que la inhabilitación para el mismo debe entenderse como absoluta si las dolencias sólo consienten quehaceres determinados y esporádicos con afán de superación y de sobreponerse a la enfermedad más allá de lo que es exigible como normal diligencia

Por lo que al estar de acuerdo con la juzgadora de instancia, han desestimado el recurso y han confirmado la sentencia que calificaba su situación como incapacidad permanente absoluta.

Noticias relacionadas:

El veto del Gobierno entierra las enmiendas de PP-Junts y VOX sobre mutualidades

La posible solución legislativa a la pasarela al RETA y las pensiones se demora hasta el 26 de mayo

Opinión | La lucha contra el absentismo: una finalidad legítima, un problema sin resolver

Abogados y procuradores salen a la calle exigiendo pensiones dignas ante la votación clave del 20 de mayo

El pleno de la Abogacía Española urge al Parlamento a llegar a un acuerdo sobre las pensiones de los mutualistas y su pase al RETA

La empresa puede acceder a la agenda profesional del trabajador sin vulnerar su intimidad, según el TSXG

Lo último en Tribunales

fotonoticia_20260603112055_1920

Pedraz pide a Zamarriego que le remita la causa de Leire Díez para acumular las dos en la Audiencia Nacional

Juan Carlos Peinado y Begoña Gómez

Peinado aplaza la audiencia preliminar de Begoña Gómez al 15 de junio y advierte: si no asiste, ordenará su detención

prisión soto del real aepd funcionarios de prisiones

La AEPD investiga la prisión de Soto de Real por el uso de datos personales de los trabajadores en el registro horario

Tribunal Supremo

Entró con un machete en la empresa, pero el Supremo tumba el intento de homicidio: no se pueden «releer» las pruebas sin ver al acusado

El TS obliga al BBVA a indemnizar con más de 13 millones a una empresa a la que endosó un producto estructurado complejo

10.000 euros de indemnización a una pareja a la que BBVA introdujo erróneamente en el fichero de morosos