Arriaga Asociados se querella contra tres magistrados de la Audiencia Provincial de Barcelona por el IRPH
Este firma, dirigida por Jesús María Ruiz de Arriaga, señala que "son casi un millón los afectados que pagaron decenas de miles de millones de más por sus préstamos hipotecarios", y afirma que desde Arriaga Asociados seguirán luchando por defender los derechos de los consumidores ante las entidades financieras.

Arriaga Asociados se querella contra tres magistrados de la Audiencia Provincial de Barcelona por el IRPH

Afirma que "han adoptado una postura desafiante al declararse en rebeldía y decidir de manera explícita no aplicar la jurisprudencia sobre IRPH emanada de la sentencia del TJUE del pasado 13 de julio"
|
14/11/2023 09:31
|
Actualizado: 14/11/2023 11:22
|

Arriaga Asociados ha presentado una querella contra tres magistrados de la Audiencia Provincial de Barcelona a los que acusa de prevaricación ante su «clara negativa» a aplicar la jurisprudencia obligatoria establecida en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 13 de julio sobre el IRPH.

Los querellados son los magistrados de la Sección 13ª .José María Ribelles Arellano, Anna Esther Queral Carbonell y Cristina Daroca Haller.

Por una sentencia que dictaron el pasado 27 de septiembre (534/2023).

Según asegura Jesús María Ruiz de Arriaga, socio director de Arriaga Asociados, estos tres magistrados de la Audiencia de Barcelona «han decidido ignorar consciente y dolosamente dicha sentencia del TJUE al juzgar asuntos relacionados con hipotecas que incluyen la cláusula IRPH».

Arriaga afirma que esta actitud «constituye un delito de prevaricación, tipificado en el artículo 446 del Código Penal, y subsidiariamente, el del artículo 447, que contempla la forma imprudente de cometer dicho delito».

En la querella sostiene que estos tres magistrados «han desobedecido de manera explícita la sentencia del TJUE alegando no estar de acuerdo con ella». Una postura que, según denuncia esta firma, contraviene el artículo 4.bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que establece la obligatoriedad de que los jueces y tribunales españoles apliquen la jurisprudencia del TJUE.

Si hubieran seguido la sentencia del TJUE, el fallo de la Audiencia Provincial de Barcelona habría sido radicalmente distinto, favoreciendo a los clientes y permitiéndoles recuperar una suma aproximada de 40.000 euros», expone.

Arriaga Asociados hace hincapié en que la jurisprudencia del TJUE es vinculante para todos los jueces y tribunales, y abarca diversas ramas jurisdiccionales, como la Civil, Penal, Laboral, Contencioso Administrativa y Laboral.

También subraya que la sentencia del TJUE del pasado 13 de julio «establece claramente la obligación de informar a los clientes con cláusula IRPH de la Circular 8/1990 del Banco de España», y los magistrados de la Audiencia de Barcelona en cuestión han sido acusados de «obviar deliberadamente este mandato».

Arriaga Asociados insiste en que la Audiencia Provincial de Barcelona y sus magistrados están obligados a dictar sentencias conforme a la ley y a la jurisprudencia del TJUE», y que «cualquier desviación de esta normativa constituye un delito de prevaricación».

La querella destaca la importancia del respeto a la legalidad y a las decisiones judiciales de instancias superiores.

“Si los jueces ya no respetan la doctrina del TJUE, estamos fuera del Derecho Comunitario”, declara a Confilegal Jesús María Ruiz de Arriaga.

Subraya que la doctrina del TJUE tiene que seguirse porque es obligatoria, según recoge el la LOPJ, en su artículo 4 bis. 

“La justicia relacionada con los derechos de los consumidores tiene que ser interpretada de manera uniforme en todos los países de la Unión Europea”, sentencia.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales