BBVA, condenado a abonar a un consumidor 4.000 euros por la nulidad de las cláusulas de gastos hipotecarios e intereses de demora
La magistrada dice que no hay prescripción, declara nulas ambas cláusulas por abusivas e impone al banco que indemnice a este cliente
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24/11/2023 06:30
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Actualizado: 23/11/2023 18:16
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El Juzgado de Primera Instancia número 50 bis de Barcelona ha condenado al BBVA a abonar a un cliente 2.973,45 euros por la nulidad de la cláusula gastos, más los intereses correspondientes, que ascienden a más de 1.000 euros.
Así, la magistrada Bibiana Segura Cros ha desestimado la prescripción alegada por el banco, ha estimado la demanda presentada por este consumidor, que ha estado asistido por Reclamador.es, y ha declarado la nulidad, por abusivas, de las cláusulas de gastos hipotecarios y de intereses de demora del contrato, acordando su eliminación e imponiendo al banco que indemnice al afectado.
Además, condena a la entidad al pago de las costas.
La sentencia, dictada el pasado 14 de octubre (6453/2023), todavía no es firme. Contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona.
“Es una resolución de una relevancia enorme porque, además de que el importe indemnizatorio es una gran suma a tener en cuenta, se establece que no hay prescripción. Es decir, que siguiendo cualquiera de los dos criterios posibles sobre el inicio del cómputo de la prescripción que plantea el Tribunal Supremo, la acción de nulidad de pleno derecho de la cláusula abusiva no estaría prescrita”, señala a Confilegal el abogado que ha llevado el caso, Jorge Ramos.
Según explica, en un procedimiento de gastos de hipoteca las indemnizaciones no suelen ser de cuantías tan altas. “Lo normal es que se condene a la entidad bancaria a abonar al consumidor alrededor de 1.000 euros por los gastos de hipoteca”, precisa.
Este letrado destaca que “los gastos hipotecarios han sido uno de los múltiples quebraderos de cabeza para las entidades financieras en los últimos años, junto a las cláusulas suelo, IRPH o multidivisas, que han visto cómo la justicia se ha puesto del lado de los consumidores”.
Los gastos de hipoteca que se pueden reclamar, tal y como estableció el Tribunal Supremo en sentencia de 27 de enero de 2021 (35/2021) son de 50% de notaría, de 100% de registro, de 100% de gestoría y de 100% de tasación. También se contemplan otras cláusulas como el interés de demora y vencimiento anticipado.
Como señala Reclamador.es, en los juzgados hay “miles de demandas de consumidores sobre cláusulas abusivas en sus contratos hipotecarios, que tardan en resolverse en muchos casos hasta cinco años”.
Jorge Ramos denuncia que las entidades financieras se nieguen a llegar a acuerdos extrajudiciales con los clientes sabiendo que no tienen razón.
“Pese a las sentencias del Tribunal Supremo o del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que dan la razón a los consumidores, los bancos demoran los procesos imposibilitando los acuerdos extrajudiciales, lo que conlleva el colapso de los juzgados”, lamenta este letrado.
Y afirma que con estas prácticas, lo que buscan las entidades financieras es “dilatar el procedimiento lo máximo posible para desanimar a los consumidores a reclamar y pagar lo más tarde posible”.
“Así tienen más dinero y desaniman a los consumidores, ahogándolos económicamente”, apunta Ramos, e insta a los bancos a que pongan fin a estas prácticas.
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