La Justicia concede en segunda instancia la incapacidad absoluta a una mujer con enfermedad de cushing y Alzheimer moderado
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº2 de Santiago de Compostela sólo le concedió 64.466 euros de indemnización.

El SERGAS, condenado a indemnizar con 90.000 euros a un paciente por diagnosticarle tarde el cáncer

1 / 01 / 2024 06:30

Actualizado el 02 / 01 / 2024 09:31

El Servicio Gallego de Salud (SERGAS) tendrá que indemnizar finalmente con 90.000 euros a un paciente del Complejo Hospitalario Universitario De Santiago de Compostela (CHUS) al que le extirparon el bazo y parte del páncreas tras la demora en el diagnóstico de un carcinoma renal.

Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) Benigno López González, María Amalia Bolaño Piñeiro y Mónica Sánchez Romero han estimado parcialmente el recurso impuesto por el paciente en la sentencia 830/2023 de 14 de noviembre. Pues el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº2 de Santiago de Compostela sólo le concedió 64.466 euros.

En un principio el afectado pidió 300.000 euros en concepto de daños y perjuicios y decidió recurrir al considerar que había habido un error en el cálculo de los días indemnizables (en relación con el diagnóstico tardío) y que se debería de aplicar la Ley 35/2015 por la pérdida de calidad de vida.

Pérdida de oportunidad y mala praxis

Los magistrados recordaron que la sentencia emitida por el juzgado de primera instancia “reconoce la existencia, por un lado, de una pérdida de oportunidad por la demora en el diagnóstico, y, por otro lado, una mala praxis con un concreto resultado (secuelas que recoge la propia sentencia)”.

Pero a la hora de fijar la indemnización, “se basó en la reparación integral del daño para considerar las secuelas y días de incapacidad temporal que señalaba el perito, además de aplicar un factor de corrección por perjuicios económicos y otro por incremento de riesgo de muerte, pero no aclara en qué medida está indemnizando la pérdida de oportunidad”.

Además, el tribunal destacó que le habían quedado grandes secuelas tras la extirpación del bazo y parte del páncreas y que, además, esa situación «suponía una mayor intolerancia alimentaria a la mayor parte de comidas grasas, algunas verduras, problemas digestivos y molestias abdominales”.

De modo que la Sala consideró que sí había existido un verdadero retraso en el diagnóstico del carcinoma renal de enormes proporciones -de tres años-, por lo que los 64.466 euros concedidos inicialmente eran insuficientes.

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