Una jueza da la razón a una consumidora frente a Vueling por adelantarle el vuelo 6 horas
Ni Vueling ni la agencia de viajes le habían avisado de tal modificación, por lo que tuvo que cambiar sus planes para poder coger ese vuelo.

Una jueza da la razón a una consumidora frente a Vueling por adelantarle el vuelo 6 horas

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09/1/2024 00:45
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Actualizado: 08/1/2024 21:58
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La titular del Juzgado de Primera Instancia Nº9 de Almería, Victoria Motos Rodríguez, ha dado la razón a una consumidora frente a Vueling Airlines S.A. por adelantar su vuelo seis horas sin habérselo comunicado previamente.

De modo que ha condenado a la aerolínea a abonar a la afectada con 350 euros más los intereses legales desde la fecha de la primera reclamación extrajudicial.

Los hechos ocurrieron el 1 de julio de 2022, cuando la demandante, que había comprado un billete de avión a través de la agencia de viajes Trip.com para el trayecto Almería-Barcelona, se dio cuenta a la hora de hacer el check-in que su vuelo, que en un principio iba a salir a las 17:10 del día siguiente, se había adelantado a las 11:15. Es decir, aproximadamente seis horas.

Sin embargo, ni Vueling ni la agencia de viajes le habían avisado de tal modificación, por lo que tuvo que cambiar sus planes para poder llegar a tiempo, lo que le produjo incomodidad, incertidumbre y frustración al ser una modificación a menos de 24 horas de despegar. 

Además, según expresó en el escrito de demanda, ello también le supuso un trastoque de planes a la persona que le iba a recoger al aeropuerto ya que no podía hacerlo por la mañana y ella no disponía de carnet de conducir.

Lo que le provocó “una completa sensación de desasosiego e inquietud por no saber qué iba a pasar en una ciudad que no conocía y por la que no sabía cómo desplazarse”. 

De modo que solicitó que se le indemnizase con 250 euros más 100 en concepto de daños morales. 

Vueling se opuso a la indemnización por daños morales

Por su parte, Vueling no se opuso a abonarle la compensación de 250 euros prevista en el artículo 7 del Reglamento 261/2994 por el cambio de horario en el vuelo, pero sí se mostró disconforme con esos 100 euros por el daño moral porque hubo un preaviso tardío, no perdió el vuelo “ni se reportaron mayores inconvenientes que el cambio de planeamiento”. 

La titular del juzgado recordó en la sentencia 375/2023 de 25 de septiembre que la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ya ha emitido diversas sentencias sobre los daños morales, las cuales admiten que éstos se identifican con las consecuencias no patrimoniales representadas por el impacto o sufrimiento psíquico o espiritual que en algunas personas pueden producir ciertas conductas o actividades. 

Pues bien, en este caso, comenta la jueza, a la consumidora “no se le comunicó en ningún momento” tal cambio. Es más, se le notificó cinco días después de la fecha de vuelo. 

Además, la mayoría de las reclamaciones que la mujer impuso no obtuvieron respuesta, salvo una, en la que le indicaron que no tenía derecho a la compensación porque las incidencias meteorológicas, desvíos, impactos de aves, huelgas o cierres de pistas en el aeropuerto eran causas consideradas ajenas a Vueling y a su voluntad. 

Una perturbación seria de su planificación de viaje

Pero para la jueza, “nos encontramos ante un gran adelanto en el vuelo del que la actora no adquiere conocimiento hasta el día anterior y por sus propios medios, no por comunicación de Vueling, circunstancia que no es susceptible de generar solo una mera molestia o incomodidad, sino una perturbación seria en relación a la planificación de su viaje, lo que, por su propia entidad, genera un daño y sufrimiento psicológico”. 

Todo ello sumado al tiempo que invirtió en presentar diversas reclamaciones, sin recibir respuesta, por lo que la jueza ha estimado su demanda. 

Miguel Berbel, letrado que ha redactado la demanda y que ha llevado el caso de forma extraoficial aconsejando a la consumidor, ha comentado que esta sentencia es una victoria para los derechos de los consumidores y supone un respaldo considerable a la lucha contra las prácticas de algunas aerolíneas, especialmente en casos de grandes adelantos de vuelos.

Miguel Berbel, letrado que ha ayudado a su familiar en la demanda.

“La sentencia reprocha de forma explícita a la aerolínea por la desidia con la que suele tratar este tipo de reclamaciones, lo que evidencia la necesidad de tratar estos asuntos con la seriedad que merecen”. 

“Es importante animar a reclamar a los consumidores que sientan que sus derechos han sido vulnerados, ya que cuentan con un respaldo legal sólido. Cada sentencia como esta se convierte en un avance importante en la protección de los derechos de los consumidores a nivel nacional”.

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