García Castellón confirma la personación de dos policías nacionales en la causa de Tsunami Democràtic
El magistrado considera que los agentes sufrieron lesiones "incompatibles con el derecho a la vida e integridad física". Foto: Confilegal.

García Castellón confirma la personación de dos policías nacionales en la causa de Tsunami Democràtic

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25/1/2024 14:21
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Actualizado: 25/1/2024 14:29
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Cuarenta y ocho horas después de que el PSOE y sus socios cerraran el acuerdo de incluir en el proyecto de ley de amnistía la inclusión de aquellos casos de terrorismo menos malo, el magistrado del Juzgado Central de instrucción, Manuel García Castellón, ha dictado un auto confirmando la personación de dos policías nacionales, en la causa de Tsunami Democràtic, en la que ha imputado por terrorismo al prófugo Carles Puigdemont, a Marta Rovira y a diez personas más.

La ley, como tal, no existe y tanto en cuanto esta sea la circunstancia, el magistrado prosigue con esta investigación, cuya competencia ha elevado al Supremo por ser Puigdemont aforado europeo.

«Resulta especialmente llamativo como indicio incriminador» la conversación entre el expresidente catalán Carles Puigdemont y uno de los investigados en la que el primero «parece asumir la posibilidad de que pudieran haberse producido víctimas mortales, y su capacidad, en tanto que ostentaba el dominio de la acción, para frenar esta posibilidad», explica en su último auto.

En el mismo rechaza el recurso de Marta Molina, una de las investigadas en dicha causa, al que se ha adherido otro de los implicados, Xavier Vendrell, al igual que la Fiscalía. Molina argumentaba que los hechos, acaecidos el 18 de octubre de 2019 en la plaza de Urquinaona y Vía Laietana de Barcelona, no eran imputables a Tsunami sino a los Comités de Defensa de la República (CDR), por lo que la personación de los dos agentes de la Policía Nacional, representados por el despacho Fuster-Fabra Abogados, no era ajustado a derecho.

García Castellón, señala en su auto que este argumento no puede servir para eximir de responsabilidad alguna a Tsunami, «como si la presencia de unos –CDR– desplazase totalmente la responsabilidad de otros».

GRAVEDAD DE LAS LESIONES SUFRIDAS POR LOS POLICÍAS

El juez subraya por otro lado la gravedad de las lesiones sufridas por los agentes de policía que, en el caso de uno de ellos, se produjeron por un fuerte golpe en la parte superior del casco reglamentario causado por un objeto contundente arrojado por uno de los participantes en las manifestaciones.

Indica que como consecuencia de la brutalidad del impacto se produjo la fractura del casco protector y el agente se desplomó en el suelo, inconsciente, sufriendo una serie de lesiones que le han inhabilitado para el ejercicio de su profesión.

Dichas lesiones son «incompatibles con el derecho a la vida e integridad física reconocidos en el artículo 15 de la Constitución, y el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos».

Se da la circunstancia de que ese artículo concreto del Convenio Europeo es uno de los excluidos expresamente en la ley de amnistía tras la última modificación que ha sufrido la proposición de ley, aunque esa violación de los derechos humanos debe ser «manifiesta» y «con intención directa», según recoge la enmienda incorporada el pasado 23 de enero.

Esa mención al Convenio Europeo de Derechos Humanos aparece en el auto del magistrado por el que rechaza el recurso presentado por Molina.

ESCENARIOS «CRUENTOS»

García Castellón afirma que Tsunami «no fue un ‘invitado’ de piedra a las movilizaciones que sacudieron diferentes ciudades de Cataluña, y que tuvieron como uno de sus escenarios más cruentos los hechos que se desencadenaron».

Al hilo, recuerda que en la exposición razonada que elevó al Supremo ya se mencionaba que Tsunami había anunciado aquel día en las redes sociales la convocatoria de una huelga general, con el siguiente texto: «Pensábamos que la sentencia era el final de un movimiento y ha sido su reinicio. Hoy bloqueamos el país para recordar una solución y ejercer nuestros derechos y libertades».

El juez explica que fue precisamente «bajo la cobertura de esta huelga cuando se produjeron alteraciones graves de la paz social y del orden público».

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