tarjeta revolving audiencia provinciial Pontevedra
Las tarjetas revolving, cada vez más señaladas por sus condiciones abusivas. Foto: Europapress

La Audiencia Provincial de Pontevedra ratifica una sentencia contra las tarjetas revolving «opacas»

30 / 01 / 2024 06:30

Actualizado el 30 / 01 / 2024 11:15

La Justicia ha vuelto a dar un duro golpe a un caso de las tarjetas «revolving». En esta ocasión, sumando el interés «usurario» de las condiciones de la tarjeta y la falta de transparencia de la entidad bancaria en este contrato.

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha desestimado el recurso de apelación formulado por la entidad bancaria. Una decisión del tribunal que confirma la sentencia 259/22 dictada por el Juzgado de Instrucción nº1 de Ponteareas.

Una sentencia en la que el tribunal entendía que se debía entender como nulo el contrato de la tarjeta firmado, por «usurario».

Del mismo modo, la decisión del tribunal condenaba a la entidad bancaria a la «devolución de las cantidades percibidas durante la vida del contrato que excedan del total del capital dispuesto por el prestatario, más los intereses legales desde la fecha de los respectivos cargos».

Nulidad de la tarjeta ‘revolving’ por usuraria y falta de transparencia

Recurso en el que la Audiencia Provincial de Pontevedra valora la posición de la entidad bancaria, dando de nuevo la razón al cliente que presentaba la primera demanda.

Así pues, la tarjeta «revolving» de este caso «tiene estipulado un interés moratorio del 26,82 % TAE». Una cifra que, tal y como explica el documento judicial, está 5,94 puntos por encima de lo publicado en el boletín de Banco de España, de un 20,68 %

Un porcentaje que, a pesar de estar por debajo de los seis puntos que contemplan las últimas resoluciones del Supremo, es suficiente para el Tribunal Provincial.

«No podemos concluir que por esa mínima diferencia matemática no pueda clasificarse de usurario el interés remuneratorio pactado», destaca la sentencia.

Del mismo modo, el tribunal destaca que, además de esta condición usuraria, el contrato también sería nulo debido a la falta de transparencia del banco a la hora de ofrecer este producto financiero al cliente.

«En diversas resoluciones se estudia la falta de transparencia en la contratación de tarjetas de crédito modalidad ‘revolving'», explica la sentencia.

Algo que sucede en este caso, según la Audiencia Provincial. Y que es determinante para el fallo desestimatorio de los integrantes del tribunal.

«No estamos ante un contrato solo de préstamo sencillo, sino frente a un tipo especial de crédito a medio de tarjeta de duración indefinida en la modalidad de ‘revolving'», destaca la sentencia.

Un caso en el que parece clara la «falta de información y carencia de transparencia que, por la carga económica que supone, conlleva un desequilibrio determinante de la abusividad que determina la nulidad contractual».

Legalsha copia
La firma Legalsha ha representado a los demandantes en este caso.

Más de 50 millones recuperados por intereses abusivos

Un nuevo caso que se suma a las muchas sentencias en las que los tribunales anulan contratos de tarjetas ‘revolving’. Entendiéndose todos ellos como contratos de condiciones abusivas.

Tarjetas ‘revolving’ y contratos con intereses abusivos que, como en este caso, han sido defendidas por el bufete Abogados Legalsha. Un equipo que ha conseguido recuperar cerca de 50 millones de euros de estas tasas abusivas a sus clientes durante 2023.

Y que, en este 2024, espera prácticamente duplicar esa cifra.

Cifra que parece demostrar que cada vez son menos los clientes silenciosos de los bancos. Y es que, ante cláusulas abusivas, cada vez son más los que se ponen en manos de la Justicia para recuperar estos intereses. Una cuestión que podría acabar con la «letra pequeña» de los contratos revolving.

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