La Justicia condena a la sanidad manchega a devolver 46.262 euros a una familia por no poner tratamiento a una menor con anorexia 
Los padres tuvieron que acudir a un hospital privado donde la menor tuvo que iniciar un tratamiento el 24 de septiembre de 2019.

La Justicia condena a la sanidad manchega a devolver 46.262 euros a una familia por no poner tratamiento a una menor con anorexia 

5 / 02 / 2024 11:10

Actualizado el 05 / 02 / 2024 11:11

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, ha confirmado la condena impuesta a la sanidad manchega (SESCAM) porque en el Hospital Universitario de Guadalajara no pautaron a una menor de 15 años con anorexia el tratamiento necesario y urgente que necesitaba.

De modo que tendrán que devolverle los 46.262 euros que tuvieron que pagar para en la sanidad privada. 

La sentencia es firme y aunque fue dictada el 23 de junio de 2023, desde el Defensor del Paciente, que han llevado el caso de la mano de la abogada Carmen Fernández-Bravo, han explicado que ha sido ahora cuando el SESCAM ha decidido abonar dicha cantidad.

Según se desprende en la sentencia, de 50 páginas, la menor comenzó con problemas en octubre de 2018 y fue diagnosticada de anorexia nerviosa. Debido al agravamiento del cuadro, el servicio de psicología del Hospital Universitario de Guadalajara indicó que la menor necesitaba la atención específica de una Unidad de Trastorno de la Conducta Alimentaria.

Los padres, desde mayo de 2019, solicitaron al Hospital la derivación bien al Hospital Niño Jesús de Madrid, donde existe dicha unidad, bien a Ciudad Real, donde el SESCAM dispone también de dicha unidad, que no existe en Guadalajara. La respuesta fue: “que no había convenio con Madrid y que no hay hospitalización de día en Ciudad Real”.

Pese a la situación de la menor el SESCAM hizo nada para la atención urgente en el tratamiento de dicha patología.

Los padres tuvieron que acudir a un hospital privado donde la menor tuvo que iniciar un tratamiento el 24 de septiembre de 2019 mediante hospitalización de día y posteriormente ingreso 24 horas para el tratamiento de la enfermedad abonando el importe del tratamiento.

La propia sentencia reconoce, como defendía la letrada Fernández-Bravo que: “los padres solo recibieron respuestas negativas por la sanidad pública en orden curar o mejorar en lo posible el estado de salud de su hija”, viéndose obligados ante la urgencia vital a acudir a la sanidad privada. 

La menor había verbalizado el suicidio

«Había verbalizado el suicidio, le pasaba por la cabeza la idea de matarse, mantiene conductas restrictivas alimentarias, distorsión de la imagen corporal y baja autoestima, no puede controlar sus impulsos, tiene crisis de ansiedad y crisis de angustia». Además dijo que «si tengo que comer me corto las venas, voy a matarme” presentando esta sintomatología un riesgo vital muy grave.

El tribunal ha reconocido la urgencia vital en el caso de la anorexia nerviosa que padecía la menor, siendo una patología que conlleva un alto índice de mortalidad. Y es que, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), en el año 2020 fallecieron en España 21.697 personas por trastornos mentales y del comportamiento, siendo la salud mental cada vez más visible e importante.

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