40.000 euros de indemnización a un padre por represalias ante su permiso de paternidad: «yo no dormiría tranquilo»
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07/1/2025 00:35
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Actualizado: 07/1/2025 12:49
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha (TSJCLM) ha confirmado la indemnización de 40.000 euros al trabajador, que sufrió presiones en su trabajo debido a su baja de paternidad. Una situación en la que, para los tribunales, se produjo la vulneración de derechos fundamentales del empleado.
Nelson (nombre ficticio) trabajaba como supervisor técnico para la misma empresa vitícola desde 2006. Relación laboral que se rodeaba de polémica en 2022, cuando el empleado fue padre de un tercer hijo. Nacimiento que se producía en julio de 2022, llevando a Nelson a comunicar a la empresa su solicitud para disfrutar de su permiso íntegro de paternidad.
«En el correo se decía que las seis semanas serían disfrutadas a partir del día siguiente al nacimiento del menor, y el resto, las diez semanas restantes de descanso, de forma ininterrumpida», explica ahora la sentencia del TSJCLM.
Un correo que provocaba una reunión con el director de planta y el director de recursos humanos de la empresa. Encuentro al que el empleado acudía con una grabadora. Y en el que ambos directivos instaron a Nelson a que no cogiese tanto tiempo de permiso de paternidad. «Sólo un mes y medio».
«Os gustará más o menos, pero esta empresa funciona así», aseguraron ambos directivos al empleado. Advertencias que se producían en una segunda reunión con Nelson, después de las seis primeras semanas de permiso de paternidad.
«Tú te quieres coger el permiso, y nosotros no queremos que te lo cojas», estipularon en este segundo encuentro con el empleado.
40.000 euros de indemnización por las represalias a la paternidad
«Aquí todo el personal se está cogiendo un mes y medio. Va implícito ene el sentido común [….] Yo creo que no deberías tensar tanto la cuerda, porque al final va a ser una tensión importante para la empresa. Si yo estuviera en tu posición, yo no dormiría tranquilo», presionaban dichos directivos de la compañía.
Algo ante lo que el trabajador no se daba por vencido. Y lo que provocaba que, a su regreso tras la baja de paternidad, sufriese un traslado a un puesto inferior en la empresa, así como cambios en el horario y en las condiciones laborales. Situación que le llevaba a sufrir diversos periodos de incapacidad temporal por «trastorno de ansiedad excesiva».
Situación que llegaba ante el Juzgado de lo Social nº2 de Ciudad Real. Juzgado que, en su sentencia de 8 de febrero de 2024, estimaba la demanda del trabajador. Y con ello, declaraba «que la empresa ha causado vulneración del derecho fundamental del actor a la igualdad». Y, así, condenaba a la empresa al abono de una indemnización de 40.000 euros al empleado.
Decisión que era recurrida, tanto por el trabajador como por la empresa, ante el TSJCLM. Tribunal, con ponencia de Petra García Márquez que, en su sentencia 1046/2024, rechazaba ambos recursos, manteniendo la indemnización a favor del empleado.
«El respeto a los derechos laborales no es opcional. El permiso de paternidad es un derecho protegido por ley», recuerda, en este sentido, el abogado laboralista Óscar Ramón, que ha dado a conocer la sentencia. Una situación ante la que el abogado asegura que «la prevención y el asesoramiento legal son claves para evitar situaciones que puedan derivar en vulneraciones de derechos fundamentales».
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