El ICAB propone reformas al Código Penal para atajar los robos de dispositivos electrónicos o tecnológicos
De izquierda a derecha: el abogado y miembro de la Comisón de Normativa ICAB, Emilio Zegrí, la coordinadora de Formación, Cristina Vallejo, el abogado y miembro de la Comisión de Normativa, Jorge Navarro, la directora del Institut I+Dret del ICAB, Maria Jesús Pesqueira, el decano del ICAB, Jesús M. Sánchez, y el director del Observatorio para la Transición a la Ciberjusticia de la Corporació, Vicente Pérez Daudí. Foto: ICAB.

El ICAB propone reformas al Código Penal para atajar los robos de dispositivos electrónicos o tecnológicos

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05/3/2024 14:21
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Actualizado: 05/3/2024 21:01
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El decano del Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), Jesús M. Sánchez, ha presentado hoy públicamente una nueva propuesta legislativa formulada por la abogacía barcelonesa, impulsadas por el Instituto I+Dret (Barcelona, Madrid y Málaga) y la Comisión de Normativa para ayudar a combatir la multirreincidencia.

Dicha propuesta contempla la inclusión de una modalidad específica dentro del delito de hurto para los dispositivos electrónicos o tecnológicos, principalmente los móviles, para mejorar la capacidad de respuesta del sistema judicial y penal ante este fenómeno.

La propuesta también busca simplificar los procesos judiciales y hacer posible la prisión preventiva en ciertos casos por la naturaleza de la pena asociada a este tipo de delitos.

Este enfoque responde a la creciente incidencia de hurtos de este tipo, que se ha convertido en un problema común en determinadas situaciones y contextos, como se evidencia en eventos masivos donde se registran un alto número de denuncias por la sustracción de teléfonos móviles.

Por ejemplo, durante las últimas fiestas de San Fermín en Pamplona, donde 540 de las 600 denuncias formuladas correspondieron a hurtos de este tipo.

El alcalde de Barcelona, Jaume Collboni, que ha participado en el acto, ha explicado que la inseguridad es la principal preocupación de la ciudadanía, no solo de Barcelona, sino de toda el Área Metropolitana.

«Necesitamos más recursos judiciales y también herramientas más efectivas a nivel legal. Como alcalde de Barcelona estaré junto a iniciativas como las que hoy presenta el ICAB y de cualquiera que pueda ayudar a mejorar la seguridad y la convivencia en la ciudad. Si una política pública no funciona debe modificarse hasta que funcione», ha explicado.

Collboni ha querido destacar que desde el Ayuntamiento de Barcelona se pondrán todos los recursos disponibles y, en este sentido, ha explicado que el consistorio ha creado una Comisión de Estudio con todos los grupos municipales para analizar reformas legislativas y otras propuestas para realizar frente a la multirreincidencia delictiva, sobre todo en los casos de delitos leves.

«Las políticas públicas de seguridad son políticas sociales y progresistas porque garantizan la protección de las personas más vulnerables», ha dicho el alcalde.

Collboni
De izquierda a derecha: el decano del ICAB, Jesús M. Sánchez, el alcalde de Barcelona, Jaume Collboni y la directora del Institut I+Dret del ICAB, Maria Jesús Pesqueira. Foto: ICAB.

Una pena de 1 a 3 años para las condenadas previamente por 3 delitos de hurto

La propuesta del ICAB plantea la modificación del Código Penal para imponer una pena de prisión de 1 a 3 años a las personas que hayan estado condenadas antes por 3 delitos de hurto sin tener en cuenta la suma del valor de los bienes sustraídos.

Así, el robo de los móviles, pasaría de ser considerado de delito leve a un delito menos grave al margen del importe del valor de ese dispositivo. Esta medida se traduciría en un endurecimiento de las penas en casos de sustracciones de dispositivos móviles.

Con esta medida «será la defensa quien tenga que probar la irrelevancia de los hurtos anteriores y no el juez», ha aclarado Emilio Zegrí quien, junto a Jorge Navarro, abogados y miembros de la Comisión de Normativa del Colegio, ha elaborado esta propuesta.

Tanto Zegrí como Navarro han puesto de manifiesto que uno de los principales impedimentos a los que se enfrentan las autoridades policiales y judiciales para luchar contra la multirreincidencia es la reforma del Código Penal que entró en vigor en el 2022, a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo.

La problemática para hacer efectiva su aplicación se da en que se estableció que todo el material robado debe superar los 400 euros y para obtener el importe de todo el material sustraído deben consultarse las sentencias, lo que limita y obstaculiza su aplicación en la práctica.

Par ello, los principales cambios que plantean, a través de la modificación del Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, por el que se aprobó la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, son estos:

Modificación en la consideración de antecedentes

Se propone incluir las condenas por delitos leves en la apreciación de la agravación de multirreincidencia en los delitos de hurto de cuantía no superior a 400 euros. Esto permitiría una evaluación más integral del historial delictivo del acusado, incluso si las condenas anteriores son por delitos considerados leves.

Nuevo enfoque en la tipificación del hurto

Se busca actuar de manera más precisa sobre la multirreincidencia existente en la sociedad, especialmente en lo referente al hurto frecuente de dispositivos electrónicos o tecnológicos. Esto responde a la realidad observada en eventos donde este tipo de hurto se ha convertido en un problema común.

Cambios en la redacción de varios artículos del Código Penal

Modificación del artículo 234.2 del Código Penal

Se plantea la imposición de una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros, excepto si el culpable hubiera sido condenado previamente por al menos tres delitos de la misma naturaleza, incluidos los delitos leves. En este caso, se aplicará la pena del apartado 1 de este artículo. Además, se permite la imposición de la pena en su mitad inferior a la prevista en el apartado 1 del artículo para casos de escasa relevancia de los antecedentes penales por delito leve.

Modificación del artículo 235.1

Se introduce un cambio en el apartado 7, especificando que cuando el culpable haya sido condenado previamente por tres delitos menos graves o graves de la misma naturaleza, no se tendrán en cuenta los antecedentes cancelados o que deberían serlo.

Adición de un nuevo ordinal al artículo 235.1

Se añade un nuevo punto específico para casos donde los objetos sustraídos sean dispositivos electrónicos o tecnológicos, destacando la particular importancia y frecuencia de este tipo de delitos.

Modificación del artículo 22.8

Se ajusta para no contar los antecedentes penales cancelados o que deberían serlo, ni los que correspondan a delitos leves, excepto en el caso contemplado en el artículo 234.2.

Modificación del artículo 66.2

En delitos leves y en los delitos imprudentes, con la excepción de lo dispuesto en el artículo 234.2, se otorga a los jueces o tribunales la capacidad de aplicar las reglas a su prudente arbitrio sin sujetarse a las reglas prescritas en el apartado anterior, buscando mayor flexibilidad en la imposición de penas.

Propuesta presentada ante el delegado del Gobierno

Finalizado el acto, una delegación del ICAB, encabezada por el decano de la Corporación, Jesús M. Sánchez, ha presentado al delegado del Gobierno en Cataluña, Carlos Prieto, estas medidas.

Finalizado el acto, una delegación del ICAB, encabezada por el decano de la Corporación, Jesús M. Sánchez, ha presentado al delegado del Gobierno en Cataluña, Carlos Prieto, estas medidas. Foto: ICAB.
De izquierda a derecha: el director del Observatorio para la Transición a la Ciberjusticia de la Corporació, Vicente Pérez Daudí, el abogado y miembro de la Comisión de Normativa ICAB, Emilio Zegrí, el abogado y miembro de la Comisión de Normativa, Jorge Navarro, el delegado del Gobierno en Cataluña, Carlos Prieto, el decano del ICAB, Jesús M. Sánchez, la directora del Institut I+Dret del ICAB, María Jesús Pesqueira, la coordinadora de Formación, Cristina Vallejo, y Erika Torregrossa, copresidenta del Observatorio de los Derechos de las Personas del ICAB. Foto: ICAB.
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