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Opinar sobre la empresa en redes sociales te puede costar un despido procedente

7 / 03 / 2024 06:30

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Las redes sociales se han convertido en una herramienta que no sólo nos mantiene en contacto con los seres queridos. Y es que cada vez son más los usuarios que utilizan estas plataformas digitales para mantenerse informados de la actualidad, buscar productos y servicios, o desahogarse de lo que les toca vivir día a día.

Una herramienta que, sin embargo, es un arma de doble filo. Hasta el punto de que una publicación desafortunada puede acabar traduciéndose en un despido procedente.

Así pues, muchos son los casos que han llegado ante la Justicia por este tipo de despidos, en los que las redes sociales son la prueba que acaba rompiendo el vínculo laboral. Una situación ante la que los tribunales han fallado a favor de los intereses de las compañías.

Las redes sociales, un enemigo de los empleados en sus horas libres

Una trabajadora del supermercado Lupa, en Burgos, era despedida en septiembre de 2021, mientras se encontraba de baja por lumbalgia. Un despido que se producía después de quince años de trabajo, después de que la mujer fuese “pillada” en las redes sociales.

Y es que, tal y como exponía la empresa ante los tribunales, la mujer despedida, mientras disfrutaba de la baja médica por lumbalgia, se dedicaba a grabar vídeos de TikTok en su domicilio. 

“Se ha podido constatar que, desde la fecha de baja, usted ha realizado multitud de publicaciones a modo de vídeos. En los mismos, baila, se mueve y actúa de un modo que es incompatible con la lesión diagnosticada. Una exposición viral de videos que demuestran el fraude al sistema de prestaciones y una falta de respeto a la empresa y a los compañeros”, establecía la compañía. Un razonamiento que acompañaba el Juzgado de lo Social nº2 de Burgos, que desestimaba la demanda de la trabajadora por el despido procedente.

Una situación que se repetía en el caso de un camionero. Y es que el conductor profesional era despedido después de que fuera “pillado” grabándose en vídeo mientras conducía, para subir los vídeos a TikTok.

Vídeos en los que, según la empresa, se podía comprobar que el empleado conducía “negligentemente” por las carreteras españolas. “Se trata de grabaciones carentes de sentido y utilidad y cuya realización, necesariamente, le obligaba a desviar su inexcusable atención circulatoria”, explicaba la sentencia. Fallo del Tribunal Supremo que confirmaba el despido procedente.

El famoso azafato de Ryanair podría ser despedido

Redes sociales que, recientemente, hacían viral un vídeo en el que se podía ver a un azafato de Ryanair confesando ante todos los viajeros del avión que el servicio de la conocida compañía low-cost es “horroroso”.

“Esta es su oportunidad. Con tan solo dos euros puedes comprar un boleto de lotería y no volver a volar con nosotros en tu vida. Un millón de euros. Pues me voy en Iberia. O en AirEuropa. Como un señor. Yo me lo merezco”, explicaba el azafato, vendiendo lotería durante el vuelo.

Unas declaraciones que muchos han asumido que corresponden a la estrategia de marketing de la propia aerolínea. Una estrategia que, incluso por las redes sociales, no duda en reconocer su aparente baja calidad de servicio. E incluso, tirar de humor e ironía para contestar a las críticas hacia Ryanair.

Sin embargo, de no corresponder a esta estrategia, el azafato se arriesga al despido de forma procedente.

“Me inclino a pensar que sería un despido procedente”, asegura el abogado Diego Solana, de Cremades & Calvo-Sotelo, en conversaciones con Confilegal. Un despido que vendría marcado por el “incumplimiento de la buena fe contractual”. Especialmente, al estar actuando en ese momento como asistente de vuelo de Ryanair.

Vídeos y publicaciones en las redes sociales que, a pesar de convertirse en fenómenos virales o de estar publicados en las redes sociales personales, pueden suponer un despido procedente.

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