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Opinión | La propuesta de amnistía a Puigdemont y demás implicados es una rendición, se presente como se presente

Opinión | La propuesta de amnistía a Puigdemont y demás implicados es una rendición, se presente como se presente
Manuel Álvarez de Mon Soto, ha sido magistrado, fiscal y funcionario de prisiones. Actualmente es letrado del Colegio de Abogados de Madrid. [email protected]. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.
07/3/2024 06:32
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Actualizado: 06/3/2024 19:13
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La amnistía, ¿será o no constitucional? Eso corresponderá plantearlo a los órganos jurisdiccionales competentes y dilucidarlo al Tribunal Constitucional, sin perjuicio de la intervención de los órganos europeos correspondientes.

Es cierto que, una vez aprobada por las Cortes y mientras no se suspenda su ejecución y se dilucide su constitucionalidad, será una norma legal.

Además, seguiría siendo legal si se declarase su constitucionalidad de manera firme.

Dicho esto, surge la pregunta: ¿sería legítima?

Para responder, es necesario recordar la diferencia entre lo legal y lo legítimo, conceptos que, según Diego Sevilla Andrés, estuvieron unidos hasta la Revolución Francesa.

Antes de esta, la ley se definía no por su origen o forma de elaboración, sino por su adecuación a un orden, al bien común.

Desde entonces, ambos conceptos se distinguen.

Lo legal es fruto del derecho positivo, es decir, de lo legislado por los órganos legislativos competentes y por el procedimiento formal establecido.

Mientras que el poder legislativo dicta la ley, el poder judicial la interpreta y aplica en caso de controversia. No así el ejecutivo que, a veces, los políticos aspiran a suplantar, queriendo actuar como jueces además de legisladores.

LO LEGÍTIMO NO SE REFIERE A LA LEGALIDAD

Lo legítimo, como afirma Maurice Hauriou, no se refiere a la legalidad, sino a lo adecuado a los valores y principios fundamentales humanos y sociales, acorde con la ley natural.

Cuando lo legal no se ajusta a estos valores, dependiendo de su naturaleza, puede dar lugar a totalitarismos o injusticias de todo tipo, como el no proteger la vida humana.

Así pues, lo legal puede ser ilegítimo.

La amnistía deslegitima frontalmente los valores de la Constitución Española de 1978.

¿Por qué? Porque lo que han pretendido Carles Puigdemont y otros es derogarla ilegalmente, ya que no reconocen su validez ni material ni formal.

Sería legítimo que pretendieran reformarla e incluso derogarla para conseguir la independencia de Cataluña, siempre que se hiciera por los medios establecidos en la misma.

Pero Puigdemont y otros pretenden hacerlo unilateralmente, es decir, mediante un procedimiento revolucionario, como ya intentaron en 2017 y reforzaron en 2019 con hechos presuntamente terroristas, según la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, la mayoría de los fiscales del mismo y otros juristas cualificados.

LA LEY DE AMNISTÍA DESLEGITIMA LA CONSTITUCIÓN

La amnistía viene a reconocer y legitimar ese enfoque que deslegitima la Constitución, dejándola desprotegida políticamente y penalmente.

Políticamente, porque se invoca el ánimo de normalizar la convivencia en Cataluña, cuando en realidad se da vía libre a sectores de la sociedad catalana que pretenden la separación ilegal unilateral sin ocultarlo.

Aunque un sector de dicha sociedad tenga una conciencia de nacionalidad distinta a la base del Estado, eso no le da derecho a actuar al margen de la Constitución vigente, que fue ampliamente apoyada por la sociedad catalana.

Esta norma proviene de los poderes y competencias estatutarias de Cataluña, pero ese sector optó por ignorarla unilateralmente, amenazando con hacerlo nuevamente, lo que la amnistía refrenda, vulnerando valores y principios constitucionales fundamentales, como la unidad de España, mientras no se modifique legalmente.

Penalmente, plantea algo gravísimo como es la desprotección jurídica penal del Estado, al eliminar con la amnistía, para personas concretas, las normas que tutelan valores fundamentales constitucionales y acabar con su función de prevención general y especial.

Esto provoca el anuncio del propósito de la repetición de unos hechos que constituyeron delitos ya condenados en firme o aún en instrucción, cometidos por los amnistiados.

La amnistía ataca frontalmente los caracteres de eficacia de la pena que, como dice el profesor Mario Losano, debe ser general, tempestiva y justa.

La amnistía, promovida exclusivamente por móviles políticos particulares que se pretenden enmascarar en una pretendida reconciliación, tal y como está planteada, es un ataque frontal a la legitimidad constitucional y abre de par en par una puerta a la disgregación fáctica ilegal de España, con el desmantelamiento de la protección penal de la Constitución.

Algo que, repito, será o no constitucional, pero sí ilegítimo en cuanto a los valores constitucionales.

Es una rendición política, se presente como se presente.

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