La Comisión de Venecia constata la «virulenta» división creada por la ley de amnistía y recomienda una mayoría cualificada para su aprobación
La presidenta de la Comisión de Venecia, Claire Bazy Malaurie junto a la vicepresidenta, Marta Cartabia, durante la reunión de la Comisión que aprobará este viernes su dictamen final sobre la ley de amnistía. Este órgano recomienda tomarse un tiempo para forjar una mayoría de apoyo más amplia.

La Comisión de Venecia constata la «virulenta» división creada por la ley de amnistía y recomienda una mayoría cualificada para su aprobación

|
15/3/2024 14:48
|
Actualizado: 15/3/2024 20:54
|

La Comisión de Venecia constata en su informe «la profunda y virulenta división» creada por la ley de amnistía no solo entre la clase política, las instituciones, el poder judicial, el mundo académico y la sociedad española y recomienda al Gobierno que trate de alcanzar una mayoría cualificada superior a la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

La mayoría absoluta en la Cámara Baja son 176 diputados, la mitad más uno de un hemiciclo que está formado por 350 representantes parlamentarios. Una mayoría cualificada, tal como se entiende en términos españoles de un modo formal suele ser 3/5 partes de los diputados, o 210, aunque la Comisión de Venecia no hace referencia a ningún número. Pero sería deseable que contara con una mayoría amplia.

Por ello, la Comisión de Venecia anima a todas las autoridades y fuerzas políticas españolas «a tomarse el tiempo necesario para un diálogo significativo en un espíritu de cooperación leal entre las instituciones del Estado, así como entre la mayoría y la oposición, con el fin de lograr la reconciliación social y política, y a considerar la posibilidad de explorar procedimientos de justicia reparadora».

UNA AMNISTÍA NO DEBE DISEÑARSE PARA FAVORECER A INDIVIDUOS CONCRETOS

Por lo que respecta al ámbito material y temporal de aplicación del proyecto de ley de amnistía en España, la Comisión de Venecia reitera que una amnistía no debe diseñarse para cubrir a individuos concretos y hace varias recomendaciones al efecto:

1.- Acotar y definir de forma más precisa el ámbito material y temporal de aplicación de la amnistía para hacer más previsibles sus efectos.

2.- Asegurarse de que se establece un nexo causal más estrecho entre «las consultas celebradas en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017, su preparación o sus consecuencias» y los actos de malversación y corrupción.

3.- En materia de terrorismo, asegurarse de que, en la interpretación de las exclusiones, el principio rector será que las amnistías solo son compatibles con las normas internacionales si se excluyen de su ámbito de aplicación las violaciones graves de los derechos humanos.

LA LEY DE AMNISTÍA NO DEBE PRIVAR A LA REVISIÓN JUDICIAL DE TODO EFECTO PRÁCTICO

En cuanto a las excepciones a las competencias procesales ordinarias de los tribunales que se derivan del proyecto de ley de amnistía, la Comisión de Venecia considera que son las consecuencias lógicas de la supresión retroactiva de la responsabilidad penal.

Considera que, mientras la decisión sobre los beneficios individuales de la amnistía sea tomada por un juez basándose en los criterios contenidos en el proyecto de ley de amnistía, y el levantamiento de la detención, prisión y medidas cautelares sea consecuencia de dicha decisión judicial, no existe ningún problema de separación de poderes.

El proyecto de ley de amnistía no debe interpretarse de manera que prive a la revisión judicial del proyecto de ley de amnistía de todo efecto práctico.

LAS COMISIONES DE INVESTIGACIÓN A JUECES NO CABEN

En cuanto a las comisiones de investigación creadas por el Congreso de los Diputados de España, la Comisión de Venecia recuerda que el objetivo principal de las comisiones de investigación parlamentarias es supervisar y controlar la labor del poder ejecutivo.

Por lo tanto, recomienda que estas comisiones de investigación no reciban el mandato de convocar, ni siquiera de invitar a los jueces a informar, en particular sobre el fondo de sus casos, a cualquier persona ajena al poder judicial.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Política