Pedraz sobre Telegram: «No existe otro tipo de medida que pueda detener la reiteración de los hechos denunciados”
De la decisión del magistrado Santiago Pedraz emerge una cuestión de fondo: ¿Tiene que responder Telegram a una acción judicial de la jurisdicción española? Solo puede existir una respuesta. Foto: Confilegal.

Pedraz sobre Telegram: «No existe otro tipo de medida que pueda detener la reiteración de los hechos denunciados”

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23/3/2024 16:29
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Actualizado: 23/3/2024 20:26
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“El incumplimiento reiterado de la Comisión Rogatoria Internacional dirigida a Islas Vírgenes de 28 de julio del 2023, impide la continuación de la instrucción de la causa”, explica Santiago Pedraz en el auto en el que toma la decisión de cerrar la red social de origen ruso Telegram en España.

Esta reiterada comisión del delito contra los derechos de la propiedad intelectual justifica la adopción de las medidas cautelares interesadas al concurrir los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad”, añade.

“No existe otro tipo de medida que pueda detener la reiteración de los hechos denunciados”, precisa.

Que no son otros que una supuesta vulneración continuada de propiedad intelectual por parte de Telegram.

Los denunciantes son Telefónica Audiovisual Digital, Mediaset, Atresmedia y EGEDA. A todos ellos les da tres horas, desde el momento de recibir su auto, para cortar la comunicación de Telegram con España.

¿ESTÁ TELEGRAM POR ENCIMA DE LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA?

Con esta decisión el titular del Juzgado Central de Instrucción 5 de la Audiencia Nacional abre la puerta a un escenario desconocido e inexplorado ahora en el mundo.

Inevitablemente deberá responder a una cuestión que pende en el aire: ¿están las empresas globales, como Telegram, por encima de las leyes nacionales de países como España?

El magistrado Pedraz, con su decisión acaba de abrir esta puerta, de par en par.

Y la única respuesta es que eso no es posible.

La consecuencia directa es que más de 8 millones de usuarios en España –el 18 % de la población– se va a quedar sin su servicio en los próximos días, cuando las 10 tecnológicas apliquen la decisión del magistrado de bloquear su acceso.

Lo único que podría revertir esta decisión es que los máximos responsables de Telegram se pongan en contacto con el magistrado.

Porque a estas alturas es seguro que ya se habrán enterado por la repercusión que ha tenido.

Como se suele decir, la pelota está en el tejado de Telegram.

En su auto, Pedraz explica que solicitó que Telegram informase sobre determinados datos técnicos que permitirían identificar los titulares de las cuentas utilizadas para la infracción de los derechos de propiedad intelectual de las entidades personadas como Acusación Particular.

“La falta de colaboración de las autoridades de islas Vírgenes a las que solo se les pide una actividad de comunicación a los responsables de la red social Telegram provoca que deban adoptarse las medidas cautelares solicitadas por las acusaciones particulares”, relata.

La medida tiene apoyo legal. Está contemplada en el artículo 13.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que señala: “En la instrucción de delitos cometidos a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información o de la comunicación, el juzgado podrá acordar, como primeras diligencias, de oficio o a instancia de parte, las medidas cautelares consistentes en la retirada provisional de contenidos ilícitos, en la interrupción provisional de los servicios que ofrezcan dichos contenidos o en el bloqueo provisional de unos y otros cuando radiquen en el extranjero”.

En su auto, el magistrado acuerda también la prórroga de la investigación por seis meses, hasta el 29 de septiembre.

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