indemnización accidente supermercado
Las caídas en el supermercado, una cuestión polémica en los tribunales. Foto: EP

Las caídas en el supermercado, un accidente «caro» del que nadie quiere hacerse cargo; ni siquiera de la ambulancia

27 / 03 / 2024 06:30

Actualizado el 23 / 02 / 2026 13:50

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Las caídas en los supermercados llegan, cada vez de forma más frecuente, a los tribunales. Y es que las “víctimas” de estos pequeños accidentes no siempre culpan a la torpeza del suceso, sino que señalan al local por no avisar de los peligros que puedan suceder en los pasillos de alimentación.

Una cuestión ante la que no parece haber una inclinación clara en los tribunales para encontrar al último responsable de estas caídas. Especialmente, en cuanto a lo económico.

Así pues, mientras algunos magistrados apuestan por dar la razón a los consumidores, otros niegan la responsabilidad del supermercado en este hecho fortuito. 

Distintos fallos judiciales con respecto a situaciones semejantes que llegan incluso a involucrar a la administración pública. Especialmente, con los gastos médicos que, en ocasiones, puedan acarrear estas caídas en el supermercado.

El cliente no siempre tiene la razón en los tribunales

Recientemente, la Audiencia Provincial de Ciudad Real admitía un recurso de una clienta de Lidl que se había caído debido a unas cáscaras de frutos secos presentes en el suelo del famoso supermercado.

Una mala caída que, el 22 de septiembre de 2018, provocaban que la mujer sufriera una fractura en el pie derecho que la mantuvo impedida durante 198 días.

Accidente dentro de los pasillos del supermercado que los propios trabajadores de Lidl defendían que se había producido por la negligencia de la clienta. Y es que, según aseguraron, el supermercado mantenía una limpieza exhaustiva de la zona.

Explicaciones que no eran suficientes para el tribunal, que condenaba a Lidl a pagar una indemnización de 8.300 euros a la accidentada.

Fallo judicial que no se repetía en el caso de una mujer que se enfrentaba a Mercadona en los tribunales, después de haber resbalado en el supermercado por una aparente presencia de líquido en el suelo, proveniente de la máquina de zumos.

Así pues, tras la caída, producida en noviembre de 2017, la mujer exigía una indemnización de 27.000 euros. Ello dado que, según la mujer, el supermercado no había señalizado correctamente que el suelo estaba mojado.

Unas explicaciones de la mujer que no eran suficientes para el Juzgado de Primera Instancia nº2 de Tarragona. Tampoco para la Audiencia Provincial, desestimando ambos tribunales la demanda contra Mercadona.

La responsabilidad del supermercado en la atención sanitaria del cliente

Una situación que llega incluso a involucrar a la Administración Pública. En concreto, debido al coste sanitario de la atención de estos accidentados.

Algo que se podía comprobar en la sentencia 420/2020 del TSJ de Castilla la Mancha. Un caso en el que el juzgado valoraba el coste de la asistencia sanitaria de una mujer, después de una caída en el supermercado.

Accidente, provocado por el agua de la zona cercana a la pescadería, tras el que la mujer era trasladada en ambulancia, precisando asistencia sanitaria a consecuencia de las lesiones de la caída.

Tras atender a la mujer, la Administración Pública giró la liquidación de los precios públicos a la aseguradora del supermercado, en vigencia de la póliza de la responsabilidad civil.

Una responsabilidad que, sin embargo, fue rechazada por el TSJ. Y es que, tal y como explica el abogado Manuel Cazalilla en sus redes sociales sobre este caso, la administración «debe determinar previamente si el supermercado era responsable del accidente que provocó las lesiones, y en consecuencia, la asistencia sanitaria».

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