Abogado General del TJUE: corresponde a la AN determinar si existe discriminación entre las dietas de azafatas y pilotos
La Audiencia Nacional deberá determinar si existe discriminación en la fuerte diferencia de importe de dietas entre azafatas y pilotos. Foto: Confilegal

Abogado General del TJUE: corresponde a la AN determinar si existe discriminación entre las dietas de azafatas y pilotos

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06/6/2024 13:06
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Actualizado: 06/6/2024 13:08
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Las dietas a percibir en los vuelos se han convertido en un conflicto que ha llegado hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El Sindicato de Tripulantes Auxiliares de Vuelo de Líneas Aéreas (STAVLA) se enfrentaba en los tribunales a Air Nostrum. En concreto, a través de un recurso de anulación parcial del convenio colectivo aplicable al persona de cabina.

Convenio colectivo de tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) que planteaba en su contenido una remuneración de dietas diarias de manutención distinta a la presente en el convenio que rige a los pilotos (Convenio PTV).

Distintas dietas que STAVLA, en noviembre de 2022, llevaba ante la Audiencia Nacional, ante la que presentaba un recurso pidiendo que se anulara la disposición del convenio TCP que regula el importe de las dietas de dicho personal.

Y es que, para el sindicato, esta diferenciación supone una «discriminación indirecta por razón de sexo en las condiciones laborales». Algo que infringe la Directiva de la aplicación del principio de igualdad. Ello, debido a que, según las cifras del sindicato, el 94% del personal de cabina son mujeres, frente al 93,71% de hombres pilotos.

La Audiencia Nacional decidirá si las dietas son discriminatorias

Una cuestión que la Audiencia Nacional elevaba ante el TJUE, preguntando si la situación examinada constituye una discriminación por razón de sexo.

Según la AN, esta discriminación «sería evidente si las diferentes dietas hubieran sido establecidas en el mismo convenio colectivo». Sin embargo, las dudas surgen debido a que la compañía aérea aplica dos convenios distintos, negociados con distintas representaciones sindicales.

Negociaciones en las que el acuerdo por las dietas alimenticia se cerró antes con el sindicato de azafatas, conociéndose la cifra en el momento en el que se firmó la cantidad a percibir en las dietas de los pilotos.

Ahora, el Abogado General ha determinado que «corresponde a la Audiencia Nacional determinar si hay discriminación indirecta». Eso sí, aportando una valoración en la que el dirigente polaco sí parece inclinarse hacia esta posibilidad.

En opinión del Abogado General, aceptar la autonomía de los interlocutores sociales como suficiente motivo de justificación objetivo de una discriminación como la del presente asunto implicaría aceptar la ausencia de cualquier discriminación indirecta en todos los casos en los que existieran distintos convenios colectivos referentes, en particular, a las condiciones de trabajo.

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