profesora despido procedente
Tras «renunciar» a su puesto en el centro escolar, la profesora ha intentado que los tribunales reconozcan el despido improcedente. Foto: Confilegal

Una profesora busca en los tribunales el despido improcedente después de acudir a su colegio para despedirse

24 / 08 / 2024 05:40

Actualizado el 25 / 08 / 2024 00:19

Una profesora ha llegado hasta el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia para intentar conseguir su despido improcedente del colegio en el que trabajaba desde el año 2000. Finalización de la relación laboral que, sin embargo, decidió ella misma, acudiendo al centro escolar a despedirse y avisar a su directora de que «no iba a volver» tras su incapacidad temporal.

Lorena (nombre ficticio) trabajaba para Escuelas Populares Gratuitas desde septiembre del año 2000. Un centro en el que contaba con categoría de educadora infantil, con un salario de cerca de 15.000 euros al mes.

Relación laboral que se mantenía hasta octubre de 2021, cuando la profesora infantil comenzó un proceso de incapacidad temporal por lumbago con ciática. Dolencias de las que el INSS le dio el alta médica en marzo de 2023.

Sin embargo, la profesora no estuvo conforme con este informe de alta. Razón por la que, a la vez que presentaba una reclamación previa a la vía judicial para impugnar el alta médica, solicitaba el disfrute de sus vacaciones de 2022 al trabajo. Algo que le fue concedido, debiendo regresar a sus funciones a comienzos del mes de mayo.

Regreso que no se produjo. Y es que, por el contrario, «la trabajadora acudió a la escuela a despedirse, y comunicó a la directora de la escuela infantil que no iba a volver». Algo ante lo que la directora del centro instó a la profesora a presentar un escrito comunicando esta decisión, negándose la educadora a este escrito.

Ausencias repetidas de la trabajadora, sin justificante, que provocaban diversos avisos por parte del centro. Y, finalmente, su carta de despido.

Despido para la profesora que se considera procedente

Proceso de despido que coincidía en el tiempo con la decisión del Juzgado de lo Social nº6 de A Coruña de estimar la demanda contra el INSS. Y con ello, se declaraba nulo el alta médica de la trabajadora, recuperando la profesora su situación de incapacidad temporal.

Algo que era clave para la demanda de la profesora ante el centro escolar. Así pues, el Juzgado de lo Social nº3 de A Coruña, en su sentencia del 28 de noviembre de 2023, fallaba a favor de las pretensiones de la profesora. Y con ello, entendía que el despido que se había producido era improcedente, condenando a la empresa, o bien a la readmisión de la empleada, o al pago de una indemnización de 35.422 euros.

Sentencia que el centro educativo recurría ante el TSXG. En concreto, ante la sala de lo social compuesta por los magistrados Emilio Fernández de la Mata (ponente), María del Carmen López Moledo y José Antonio Merino Palazuelo. Tribunal que, sin embargo, sí escuchaba las explicaciones del centro.

«La impugnación del alta médica no produce efectos suspensivos del contrato de trabajo», explica el tribunal. Algo que hace que la conducta de la trabajadora «no pueda ser degradada ni justificada».

Especialmente, debido a las facilidades ofrecidas por el centro de trabajo para su reincorporación, teniendo en cuenta sus dolencias. Y, así mismo, teniendo en cuenta que la actora cometió una falta grave al no acudir al centro sin avisar, y además, despedirse voluntariamente.

Así pues, decide el TSXG «estimar el recurso de suplicación» presentado por el centro. Y, con ello, «revocar la anterior sentencia, declarando la procedencia del despido».

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