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Opinión | CDL: El embargo de sentencias en Inglaterra y Gales: cómo un error de márketing desató un escándalo (I)

Opinión | CDL: El embargo de sentencias en Inglaterra y Gales: cómo un error de márketing desató un escándalo (I)
Josep Gálvez es abogado español y "barrister" en Londres. En esta primera entrega explica el concepto de "sentencia aplazada", algo que no se da en España. Foto: JG.
24/9/2024 05:38
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Actualizado: 24/9/2024 00:35
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Una peculiaridad procesal de la jurisdicción inglesa que sigue sorprendiendo aún a los abogados del continente son los denominados “borradores de sentencias” o ‘judgment drafts’, es decir, un esbozo de la resolución que se va a dictar y que el tribunal comparte con los ‘barristers’ y ‘solicitors’ antes de que se publique.

¿Y por qué hacen eso los jueces británicos?

Pues esto es lo que explicó maravillosamente Mr Justice Meade en el asunto Optis Cellular Technology Inc v Apple Retail UK Limited. Un caso que, como verán por el calibre de las partes, no fue un pleito cualquiera.

El juez Meade recordó que facilitar el borrador de la sentencia es valorado muy positivamente en Inglaterra y Gales porque, de esta manera, tanto las partes como sus abogados reciben un anticipo del fallo antes de que la decisión se haga pública.

En primer lugar, porque permite la corrección de las posibles erratas y errores materiales que haya en el texto antes de su publicación, evitando de un plumazo los dichosos escritos posteriores de aclaración o de rectificación de errores y que todos conocemos bien en España.

Pero lo más importante es que, de esta manera, las partes y sus abogados podrán prepararse inmediatamente para hacer frente a las consecuencias de la sentencia cuando se haga pública.

Esto se traduce, por ejemplo, en nombrar un gabinete de crisis para afrontar el daño reputacional que la sentencia pueda provocar o redactar unas explicaciones detalladas para los accionistas, inversores y demás.

Pero es que también tiene su vertiente procesal ya que los abogados pueden comenzar a preparar antes los escritos para solicitar la autorización para apelar la sentencia dado que, como ya sabemos, recurrir no es precisamente fácil en la jurisdicción inglesa.

Pero ojo, porque los borradores de sentencia se encuentran bajo un particular régimen de confidencialidad, como veremos hoy.

SENTENCIAS JUDICIALES BAJO EMBARGO

Hay que tener en cuenta que los jueces ingleses cuando no resuelven directamente al final de la vista, se reservan la decisión para dictarla por escrito con posterioridad, compartiendo el borrador de la sentencia.

Esto es lo que se conoce como ‘reserved judgment’, lo que podríamos traducir como “sentencia aplazada” que será la que se comparta con las partes antes de su publicación.

En efecto, el tribunal comparte esta borrador de la sentencia aplazada por lo que ni ‘barristers’ ni ‘solicitors’ esperamos hasta que la sentencia se haga pública por el juez sino que normalmente la tenemos un par de días antes y de manera muy confidencial.

Es lo que suele denominarse recibir la “sentencia bajo embargo” o ‘judgment under embargo’.

Es decir, ni las partes ni sus abogados podemos compartir el borrador de la decisión como si se tratara de un meme de WhatsApp, ya que el ‘judgement under embargo’ tiene carácter estrictamente secreto.

Y es que la práctica forense permite difundir los borradores de sentencia sólo de forma confidencial, limitada y controlada, especialmente para aquellos casos que sean mediáticos.

Para entendernos, es un documento cuyo contenido sólo debe ser accesible para el tribunal, los abogados y las partes.

Y, como ya sabemos, esto de la confidencialidad no es un asunto que la justicia inglesa trate precisamente a la ligera, a diferencia de otros lugares donde incluso se filtran las declaraciones judiciales de la esposa del presidente del gobierno sin que pase nada, por citar un ejemplo cualquiera.

Bien al contrario, recibir de un tribunal inglés una sentencia bajo embargo implica tener, en términos altamente confidenciales, un proyecto de la resolución que se publicará en unos pocos días.

Como se imaginarán, las consecuencias de compartir o filtrar los borradores de las sentencias ‘under embargo’ antes de que se publiquen oficialmente en Inglaterra y Gales son de órdago.

Porque, además del monumental cabreo judicial y quedar a la altura del betún ante el tribunal, el desliz conllevará, a buen seguro, la imputación de un delito de desobediencia judicial con simpáticas penas de cárcel para quien hizo el “click” antes de tiempo.

Y créanme que los jueces y la policía investigan los casos a fondo y acaban encontrando a quién filtró el documento.

Así que hoy veremos unos de los casos más sonados en los últimos tiempos, el asunto R (Counsel General for Wales) v Secretary of State for Business, Energy and Industrial Strategy [2022] EWCA, donde las prisas por publicar el fallo antes que nadie metieron a los abogados en un serio aprieto.

Se armó tal follón que intervino hasta el mismísimo Masters of the Rolls, Sir Geoffrey Vos, -el más alto cargo de la jurisdicción civil del país- para advertir públicamente que infringir el secreto de una sentencia bajo embargo es un asunto tremendamente grave.

Como veremos, en estos tiempos modernos, donde la información y las chorradas fluyen al mismo tiempo y más rápido que el Támesis, la ansiedad por ser los primeros puede llevar a graves consecuencias.

En fin, vamos con el asunto de marras.

LOS HECHOS DEL CASO R V SECRETARY OF STATE

Aunque no entraremos en el fondo, debemos saber que este caso se enfrentaban el gobierno del Reino Unido y la administración de Gales, por lo que  era un asunto muy mediático, sobre todo por sus implicaciones políticas y constitucionales, así que había mucho en juego.

La cuestión es que unos días antes de que se hiciera pública, el tribunal envió un borrador de sentencia a los ‘barristers’ de las partes en el proceso,

En ese momento, lógicamente, la resolución judicial compartida estaba sujeta al “embargo” que impedía hacerla pública antes de que se dictara sentencia.

En concreto, en el correo remitido por el tribunal a los ‘barristers’, se incluía el siguiente texto:

“Este borrador es confidencial para las partes y sus representantes legales. Ni el texto ni su contenido podrán ser revelados a ninguna otra persona ni hacerse públicos de ninguna manera.

Las partes deben tomar todas las medidas razonables para garantizar su confidencialidad. No se tomará ninguna medida (salvo internamente) en respuesta al borrador antes de que se haya dictado sentencia en el tribunal. El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones puede ser tratado como desobediencia al tribunal”.

Pues bien, sucedió que las ‘chambers’ de los ‘barristers’ que intervenían en este caso y que había ganado el caso se confundió sobre la fecha en que se iba a publicar la sentencia y la compartió con su equipo de márketing para que anunciara en sus redes sociales tan importante victoria en las arenas judiciales.

Total, que los de márketing enviaron entonces dos «emails» a los ‘barristers’ del caso indicando que iban a colgar el artículo, y los abogados autorizaron la publicación por error, sin darse cuenta del fallo en la fecha.

Así fue como una sentencia que tenía que ser confidencial entre unas pocas personas se hizo pública a los cuatro vientos, concretamente ante los más de 21.000 seguidores de estas ‘chambers’, a través de sus cuentas en LinkedIn y Twitter.

Es más, la alerta por la publicación se mantuvo ‘online’ durante más de cinco horas, hasta que otras personas implicadas en el caso se dieron cuenta del percal y entonces la borraron de inmediato.

Pero el daño ya estaba hecho.

Y entonces, los ‘barristers’ en cuestión tuvieron que tragarse el sapo e informar al tribunal de la publicación del contenido de la sentencia, infringiendo la confidencialidad del embargo.

El resultado, como ya se imaginarán, lo veremos la semana que viene.

Hasta entonces, mis queridos anglófilos.

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