No le dice a su empresa que está en prisión, le despiden por no ir a trabajar y acude a la Justicia para que sea improcedente
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la decisión de declarar procedente el despido del trabajador.

No le dice a su empresa que está en prisión, le despiden por no ir a trabajar y acude a la Justicia para que sea improcedente

29 / 09 / 2024 00:45

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la decisión de declarar procedente el despido de un trabajador que no acudió a trabajar. Estaba en prisión y no se lo dijo a la empresa.

Los magistrados María del Carmen Escuadra (ponente), Emilio Álvarez y José Manuel Riesco han avalado en la sentencia 1446/2024 de 26 de julio la decisión dictada por el Juzgado de lo Social Nº1 de León.

El trabajador llevaba prestando servicios en la empresa Centro de Seguros y Servicios desde octubre de 2021. Pero el 8 de septiembre de 2023 la mercantil «lamentó comunicarle» que tenían que despedirle porque había abandonado su puesto de trabajo.

Antes de tomar tal decisión intentaron ponerse en contacto con él en diversas ocasiones. Le mandaron un burofax a finales de agosto solicitando que justificase la ausencia de los días 18, 19 y 20. Le dieron un plazo de 48 horas, pero el burofax no se pudo entregar.

La empresa intentó varias veces contactar con él, sin éxito. Por lo que decidieron extinguir la relación laboral en base al artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, cuenta la sentencia dada a conocer a través Francisco Trujillo, profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Jaume I y Of Counsel de LABOREA Abogados.

No acudió a su puesto de trabajo porque estaba en prisión provisional. Por lo que decidió impugnar su despido con el objetivo de que se calificase de improcedente. En primera instancia el titular del juzgado consideró que debía ser procedente. Por lo que decidió interponer un recurso de suplicación ante el TSJ.

¿Suspensión de contrato al trabajador?

Insistía en que, al estar en prisión provisional, no había podido acudir. El abogado del trabajador alegó que la privación de libertad no era motivo para sancionar al empleado. Desde su punto de vista, lo que se tendría que haber hecho era una suspensión del contrato.

Comentó que esta suspensión de contrato finalizaba cuando el empleado obtenía la libertad definitiva o provisional o mientras no exista sentencia firme condenatoria. Lo que le permitía reincorporarse a su trabajo. Y era a partir de ahí cuando, si no regresaba, las asistencias sí le computarían como injustificadas y podrían ser motivo de despido disciplinario.

Pues bien, los magistrados de la Sala de lo Social explicaron que tales alegaciones eran ciertas en cuanto al ingreso en prisión y la suspensión de contrato. Pero eso era efectivo «siempre que el empleado avise y comunique a la empresa dicha situación».

Sin embargo, en este caso, no constaba que ni él u otro familiar le dijese a la empresa tal circunstancia. Es más, había una conversación de WhatsApp del 18 de agosto en el que le comentó a su responsable que estaba en urgencias vomitando, pero no le comentó nada de su detención que, tal y como constaba, se había producido una hora antes de enviar ese mensaje.

Por lo que los magistrados han desestimado el recurso y han confirmado la procedencia del despido.

Noticias relacionadas:

Un holding uso datos de dos empresas para despedir a una empleada: el juez condena con 5.000 € por vulneración de la intimidad

El Supremo libra a un ingeniero de devolver 34.846 euros por un pacto de no competencia mal redactado

Nace una certificación profesional única para supervisar la expansión y el uso de la Inteligencia Artificial en las organizaciones

Mercadona despide a un trabajador por sacar al perro o hacer la colada estando de baja por artritis

El TSJ de Murcia considera procedente el despido de un inspector de la ITV que manipulaba los resultados para dar la «pegatina»

Alcampo despide a una gerente por autorebajar el lomo embuchado y recurre porque dice que es una «represalia» por reducirse la jornada

Lo último en Tribunales

prisión soto del real aepd funcionarios de prisiones

La AEPD investiga la prisión de Soto de Real por el uso de datos personales de los trabajadores en el registro horario

El TS obliga al BBVA a indemnizar con más de 13 millones a una empresa a la que endosó un producto estructurado complejo

10.000 euros de indemnización a una pareja a la que BBVA introdujo erróneamente en el fichero de morosos

Guardia civil de espaldas.

La Guardia Civil abre expediente disciplinario al capitán de la UCO implicado en el ‘caso Leire Díez’ y lo suspende de funciones, cautelarmente

leire diez en plaza de castilla

El PSOE eleva a 44.859 euros los pagos reconocidos a Leire Díez como asesora de comunicación

Policía Nacional(1)

El TSJ de Madrid anula la exclusión de un aspirante a Policía Nacional por la pérdida traumática del bazo