El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha anulado definitivamente los acuerdos comerciales de agricultura y pesca entre la UE y el Reino de Marruecos por considerar que ambos se celebraron sin el consentimiento del pueblo pueblo saharaui.
En los citados casos acumulados, C-778/21 P y C-798/21 P sobre la legalidad de los Acuerdos de 2019, fueron impugnados por el Frente Polisario, argumentando que se habían celebrado sin el consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental, que posee un derecho inherente a la autodeterminación sobre el territorio.
Con esta decisión, el TJUE pone fin al litigio sobre el acuerdo pesquero con Marruecos y su protocolo, al desestimar los recursos del Consejo y la Comisión, en línea con la sentencia del Tribunal General de la UE de 2021 y con las conclusiones de la Abogada General Tamara Cápeta.
La aplicación de este protocolo expiró el pasado 17 de julio de 2023, lo que supuso la suspensión de la actividad, algo que afecta especialmente a España, ya que 92 de las 138 licencias que faenan en la zona corresponden a su pabellón, en concreto, a la flotas andaluza, gallega y canaria.
Los acuerdos no ofrecieron beneficios a los saharauis
El Tribunal de Justicia subrayó que la validez de cualquier acuerdo que afecte a un territorio no autónomo depende de la aceptación de su población originaria.
En este caso, se determinó que las consultas llevadas a cabo por la Comisión Europea y el Servicio Europeo de Acción Exterior no alcanzaron al pueblo del Sáhara Occidental, sino solo a los residentes actuales del territorio, muchos de los cuales no pertenecen al grupo étnico saharaui.
Aunque el Tribunal señaló que el consentimiento no necesariamente tiene que ser explícito, en estos casos particulares, los acuerdos no ofrecieron beneficios concretos, sustanciales y verificables a los saharauis, ni proporcionaron una compensación equitativa por la explotación de los recursos naturales, lo que llevó a la confirmación de su anulación.