Imagen de Archivo del Banco Popular. Foto: EP

La justicia europea avala la resolución del Banco Popular y rechaza indemnizar a los afectados

4 / 10 / 2024 11:21

Actualizado el 04 / 10 / 2024 11:22

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avaló este viernes de forma definitiva la resolución del Banco Popular en junio de 2017 y su posterior venta al Banco Santander por un euro, al tiempo que rechazó indemnizar a los accionistas y acreedores que tuvieron pérdidas.

La corte con sede en Luxemburgo desestimó los recursos de casación presentados por una serie de particulares y fondos, entre ellos Aeris Invest, y Eleveté Invest Group, contra la sentencia del Tribunal General de la UE que avaló por primera vez dicho proceso de liquidación y denegó el pago de una indemnización a los afectados.

Las recurrentes sostenían que el Tribunal General desestimó erróneamente su pretensión de indemnización vinculada a la anulación del dispositivo de resolución controvertido y de la Decisión de la Comisión.

Alegaban que cometió errores al examinar su pretensión relativa a la responsabilidad extracontractual por incumplimiento de la obligación de confidencialidad.

Mantenían que el Tribunal General declaró erróneamente que no había un nexo de causalidad entre el supuesto incumplimiento de la obligación de confidencialidad y la crisis de liquidez de Banco Popular.

Por último, aseguraban que el Tribunal General desestimó erróneamente su pretensión de indemnización vinculada a la anulación de la valoración 2, aduciendo que era inadmisible.

Sin embargo, el TJUE, en una sentencia contra la que no cabe recurso, ha desestimado todos los motivos planteados por los recurrentes contra ese primer fallo de la Justicia europea que avaló el proceso de liquidación ordenado por la Junta Única de Resolución (JUR).

La crisis de Banco Popular alcanzó un punto crítico en junio de 2017, cuando el Banco Central Europeo (BCE) determinó que la entidad estaba probablemente en camino a la insolvencia debido a serias dificultades de liquidez.

En respuesta, la Junta Única de Resolución (JUR) decidió intervenir y aplicar un dispositivo de resolución, que incluyó la venta de la entidad a Banco Santander.

Los demandantes, entre ellos Aeris Invest y Eleveté Invest Group, argumentaron que la intervención y venta fueron desproporcionadas, vulnerando sus derechos de propiedad y exigiendo acceso completo a los documentos de la resolución y una compensación adecuada.

Sin embargo, el Tribunal de Justicia ha ratificado que la decisión cumplía con los requisitos legales y era necesaria para asegurar la estabilidad del sistema bancario, desestimando las alegaciones de manejo irregular y falta de transparencia.

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