Un guardia civil no siempre necesita el arma: la AN anula la suspensión de empleo de un agente condenado a no llevarla
El Ministerio de Defensa consideró que, durante el tiempo que tenía vigente esa prohibición de portar armas, no podía ejercer, por lo que le apartó temporalmente.

La AN anula la suspensión de empleo a un guardia civil condenado por sentencia a no llevar armas

17 / 10 / 2024 00:45

Actualizado el 18 / 10 / 2024 19:17

El titular del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo Nº4, Pablo Álvarez López, ha dado finalmente la razón a un guardia civil. Y es que, el Ministerio de Defensa le suspendió de empleo tras tener prohibido, mediante sentencia, portar armas durante un tiempo determinado. Por tanto, la Administración entendía que no podía llevar a cabo sus funciones durante ese tiempo.

La prohibición de tener armas fue consecuencia de una sentencia dictada en diciembre de 2023. Se le condenó por diversos delitos de maltrato habitual en el ámbito familiar. La pena fue de 21 meses de prisión y 70 horas de trabajo en la comunidad.

Pero ahora, la Audiencia Nacional ha anulado esa suspensión de empleo en la sentencia 137/2024 de 11 de octubre. En su puesto no es necesario llevar armas, por lo que sí podía trabajar.

El agente acudió a los tribunales de la mano del abogado Antonio Suárez-Valdés donde recurrió esta decisión llevada a cabo el 28 de junio de 2024. En esa resolución se acordó el pase del guardia civil a la situación administrativa de suspensión de empleo por el tiempo que durase la pena privativa de tenencia y porte de armas.

El guardia civil llevaba trabajando con normalidad meses

En la demanda, el letrado manifestó que la Administración no había acreditado, en modo alguno, las circunstancias que motivaron a la resolución recurrida. Pues, desde la fecha de la sentencia, hasta la publicación en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa en julio de 2024, había estado prestando servicio sin armamento en su unidad.

Por lo que, tal y como explicó el abogado en la demanda, no tenía sentido que, después de 7 meses en los que el agente estuvo prestando servicio con normalidad, se pretendiese su suspensión.

Antonio Suárez-Valdés, director del Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, es abogado especialista en policía y en militares.
Antonio Suárez-Valdés, director del Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, es abogado especialista en policía y en militares.

Asimismo, manifestó que en la resolución de Defensa también se establecía que el guardia civil no podía realizar funciones en su puesto que era un centro penitenciario porque allí sí había armas. Pero Suárez-Valdés destacó que ello era incierto porque, como certificó su Comandancia en su día, el armero que tenían allí no formaba parte de su función.

El magistrado dio la razón al agente y recordó el artículo 9.13 de la Ley 29/2014 de 28 de noviembre del régimen personal de la Guardia Civil.

Este artículo dice que se puede suspender de empleo a un agente en el caso de privación de tenencia de armas y carnet de conducir cuando tal inhabilitación impida o menoscabe el ejercicio de sus funciones. Y no era el caso.

Por lo que, aplicando este precepto, el magistrado consideró que no era procedente acordar la suspensión del empleo. Pues, «aunque ha sido condenado por sentencia firme a la pena privativa del derecho a la tenencia y porte de armas, ello no le impide prestar servicios en su destino».

Es más, «podría incluso solicitar su traslado a un puesto en el que sólo realice funciones estrictamente burocráticas». Por lo que ha anulado la resolución recurrida por no ser ajustada a Derecho con todas las consecuencias de carácter económico y administrativo que de ello se deriven.

Noticias relacionadas:

La Audiencia Nacional pregunta a Fiscalía si puede investigar a Netanyahu por la retención de un militar español en Líbano

La Policía Nacional confirma en la Audiencia Nacional el volcado de dispositivos de Bárcenas en el marco de la ‘Operación Kitchen’

La Audiencia Nacional confirma la absolución de Villarejo en la pieza “Proyecto Grass” y descarta tres delitos contra él

Opinión | En el 95 aniversario de la Segunda República

La Audiencia Nacional atribuye un fraude fiscal de 88 millones a CryptoSpain

La AN anula la sanción de la AEPD a una empresa que utilizaba datos biométricos para el acceso a sus instalaciones

Lo último en Tribunales

eitb

El TSJPV avala el despido del presentador del programa «Barraka», de EITB, cancelado por denuncias de agresiones sexistas

despido por echarse la siesta

Echarse «una siesta» durante la jornada laboral no es suficiente motivo para justificar el despido

informe vida laboral seguridad social

Un hombre con discapacidad tendrá que devolver 20.000€ a la Seguridad Social después de cobrar dos veces la misma prestación sin querer

La AN confirma 3 años de cárcel a Villarejo por cohecho por investigar al árbitro del laudo entre Kiss Fm y Planeta

La Audiencia Nacional absolvió a Villarejo de cohecho porque actuó como empresario privado, no como comisario de policía en el Proyecto Grass

IA foto TSJN

El TSJ de Navarra evita sancionar a una abogada que presentó jurisprudencia falsa generada por IA, pero lanza una advertencia al sector