Cuarto turno, indemnización o ser convertidos en JATs, soluciones para el problema de los jueces sustitutos
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24/11/2024 00:45
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Actualizado: 24/11/2024 09:29
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El magistrado de la Audiencia Nacional y exmagistrado del Tribunal General de la Unión Europea (la primera instancia del TJUE), Santiago Soldevila, pronunció el pasado viernes por la tarde noche una frase lapidaria que resume muy bien el problema de los jueces sustitutos y magistrados suplentes: «La justicia interina ha muerto tal como la conocemos. No es posible seguir así».
El Gobierno, después de que la Ley Eficiencia Organizativa (oficialmente conocida como proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público Justicia) entre en vigor, tiene tres meses para aprobar una ley que acabe de una vez por todas con la situación de interinidad de los 1.010 jueces y magistrados sustitutos.
Tanto el Tribunal de Justicia de la Unión Europea como la Comisión Europea han dejado claro que la cosa no puede seguir así. Esa situación de interinidad no tenía que haber superado los tres años y hay jueces y magistrados sustitutos que superan los 27 años e incluso los 30 años de servicio.
Solo cobran cuando son llamados por los días que trabajan y sólo se les cotiza al Régimen de Previsión Social aplicable por esos días de llamamiento, estando sometidos a las mismas incompatibilidades que los jueces y magistrados de carrera.
A diferencia de los jueces honorarios italianos –como se denomina allí a los sustitutos–, los españoles no pueden ejercer la abogacía en plazas distintas en las que desarrollan sus servicios.
Urge encontrar una solución. El Gobierno lo ve así. Máxime cuando estos 1.010 jueces y magistrados sustitutos dictan el 20 % del total de las sentencias que la justicia emite anualmente. Dicho de otra forma, 305.586 sentencias de 1.527.932 que se dictaron durante 2023.
El escalafón de la carrera judicial española –cerrado a 31 de marzo de 2024– está compuesto por 4.964 magistrados y 666 jueces, lo que suman un total de 5.630 profesionales. Con los 1.010 jueces sustitutos, el número cerrado es de 6.640.
UN DEBATE ACALORADO
En el debate que tuvo lugar el pasado viernes tarde-noche en el salón de actos del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), que concentró a buena parte de este colectivo, representado por la Asociación Pro Dignidad de Jueces/zas Susitutas y Magistrados/as Suplentes, que preside Lydia Polo, y de la Asociación de Jueces Concepción Arenal, cuya homóloga es Inmaculada Galán, se plantearon varias soluciones.
Desde la entrada «a capón» y en bloque en la carrera judicial, como defendió el diputado por Sumar, Enrique Santiago, y el abogado Javier Arauz, cosa que la mayoría de las asociaciones de jueces rechazan por ir contra los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, del artículo 22 de la Constitución, hasta la entrada por el cuarto turno, para juristas de reconocido prestigio.
O la indemnización.
«La solución de convertir a los jueces sustitutos en indefinidos no fijos, una figura que se inventó la Sala de lo Social del Supremo, no es viable», afirmó Soldevila, cerrando un intenso debate que duró más de tres horas y media
El magistrado evocó la solución de 1985, a través de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial cuando, en respuesta al mandato del artículo 122 de la Constitución –que implicaba que los jueces y magistrados formaban un cuerpo único– los jueces de distrito se integraron, como jueces de primera instancia e instrucción en la carrera judicial.
La oposición para ser juez de distrito, una figura creada en 1944 durante el régimen franquista para resolver conflictos menores en materia civil y penal en distritos judiciales era notablemente más sencilla en comparación con la oposición para convertirse en juez de carrera o juez de primera instancia e instrucción.
A su juicio, la solución tendría que pasar por un examen de acceso por el cuarto turno, como juristas de reconocido prestigio, o una indemnización singularizada, tal como establece el TJUE.
JATS SUSTITUTOS, UNA SOLUCIÓN A LA ITALIANA
Una tercera vía, ésta apuntada por Agustín Azparren, abogado de las dos asociaciones de jueces sustitutos, mediador, magistrado jubilado y exvocal del Consejo General del Poder Judicial, sería convertirlos en jueces de adscripción territorial, conocidos como JATS.
Esta figura fue creada para reforzar la Administración de Justicia en situaciones de sobrecarga de trabajo, vacantes temporales o ausencias en los juzgados. Los JATs son jueces de carrera que no están adscritos de manera permanente a un juzgado específico, sino que prestan servicio en función de las necesidades del territorio asignado.
Dependen de cada Sala de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia. Lo mismo que los jueces y magistrados sustitutos.
«El coste para la Administración de Justicia sería cero porque no sería necesario crear ninguna unidad judicial y, a cambio, se les daría la estabilidad económica obligada«, apuntó durante su intervención Azparren.
Según Azparren, «se pasaría directamente a JATs a todos los sustitutos en los que se ha producido el abuso (se puede considerar por encima de tres años de nombramientos), y se incorporan a la carrera judicial, con lo que se evita el problema constitucional del cuerpo único, sin poder acceder a otras plazas», especificó a Confilegal al día siguiente después de reflexionar sobre ello.
«Realmente se les incorporaría para hacer exactamente lo mismo que hacen ahora pero cobrando todos los meses. Se podría abrir la posibilidad de que los sustitutos convertidos en JATs que quisieran acceder al resto de plazas de la carrera pudieran hacer un concurso interno o de promoción interna, o como quiera llamarse, por la que se incorporarían en el escalafón detrás del último juez», añade.
Las plazas de JATs podría ser pedidas por los actuales JATs que tendrían preferencia sobre los sustitutos incorporados, igual que hasta ahora.
Una solución que recuerda a la italiana, en la que los jueces honorarios no forman parte de la carrera judicial, pero se les confiere la estabilidad exigida por el TJUE.
«Para ello habría que hacer una evidente reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, como es lógico. Los JATs procedentes de los jueces y magistrados sustitutos quedarían adscritos a cada TSJ. Pasado el tiempo, podrían acceder a la categoría de juez por promoción interna, como se hace en los cursos de especialización. Con ello se podría acabar con este problema», añade Azparren.
Una última solución podría ser «resucitar» el tercer turno, una forma de acceso para abogados, fiscales, profesores de Derecho y otros profesionales con al menos 10 años de ejercicio profesional sin tener que pasar por el proceso de oposición tradicional.
«La opción JAT es la que presenta mayores ventajas evidentes», concluye Azparren.
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