Mediación obligatoria en el sistema de justicia: ¿remedio contra el colapso?
|
03/1/2025 14:01
|
Actualizado: 04/1/2025 00:51
|
Sin dudarlo. Es una idea que comparten Jesús Lorenzo Aguilar, director de la Asociación Española de Mediación (Asemed) y Vicente Magro, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y que está contenida en la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, publicada hoy por el BOE.
«En 2023, en la jurisdicción civil, ingresaron 2.985.234 asuntos. Con la implementación de la nueva ley, ¿cuántos podrían desembocar en acuerdos de mediación, siendo conservadores? ¿Un 30 %? Pues esos son casi 900.000 casos que se resolverían al margen del sistema de justicia. Los números hablan por sí mismos», afirma Lorenzo Aguilar.
Para que esto funcione, opina el presidente de Asemed, es necesario el concurso de los abogados. «Tienen que darse cuenta de que esto es una oportunidad, no un problema», subraya. Porque los métodos alternativos de solución de conflictos (MASC) no son una amenaza para el modelo tradicional de litigios en España.
«Un abogado, para que pueda cobrar una minuta completa de un pleito, necesita año y pico. Pero en la mediación, sus honorarios no tienen por qué ser inferiores a un procedimiento judicial”, subraya Lorenzo Aguilar.
Esta perspectiva ya está siendo adoptada por algunos despachos. Aguilar señala que en su práctica profesional incluye en las hojas de encargo cláusulas específicas que establecen que, incluso si el caso se resuelve mediante mediación, los honorarios serán equivalentes a los de un juicio ordinario. Esto asegura que los abogados mantengan su rentabilidad mientras ofrecen a sus clientes una alternativa más rápida y menos costosa.
La mediación también afecta a los grandes despachos y fondos de inversión, conocidos como «fondos buitre». Estas entidades gestionan miles de demandas al año, muchas relacionadas con cláusulas abusivas y reclamaciones hipotecarias. Aguilar advierte que este cambio puede representar un desafío para ellos: “Los fondos buitre meten 100.000 demandas al año, pero ahora esta tasa la tienen que pagar ellos”.
El impacto económico será notable, ya que estas entidades deberán adaptarse a los nuevos requisitos de mediación obligatoria, asumiendo costos adicionales. Sin embargo, esta medida también equilibra la balanza en favor de los consumidores, permitiéndoles negociar en igualdad de condiciones.
Casos como las cláusulas suelo representan un ejemplo claro del cambio de paradigma. Según Aguilar, “todo esto se va a tomar por saco” con la introducción de la mediación como requisito previo. Ahora, los bancos y grandes corporaciones deberán justificar su posición ante un mediador antes de recurrir a los tribunales, lo que obliga a reconsiderar estrategias y abordar los conflictos con un enfoque más conciliador.
EL TERCERO NEUTRAL, UNA FIGURA CON MUCHO RECORRIDO EN MEDIACIÓN
La nueva Ley 1/2025 contiene también la figura del «tercero neutral», un abogado independiente, experto en la materia, que hace un informe –pagado por las dos partes– en el que resalta las fortalezas y las debilidades de cada posición, sugiriendo un acuerdo. Una solución «made in USA» y Canadá que algún despacho barcelonés ya está aplicando en los llamados «mini-juicios».
«Sin duda es una gran novedad», señala el presidente del Asemed. «Pero estamos a un año de que el Gobierno presente a las Cortes la propuesta del estatuto del tercero neutral».
Algo sobre lo que también coincide Vicente Magro, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y uno de los grandes expertos en este campo. «Esto puede ser muy interesante para los Colegidos de Abogados que podrían crear un turno especial, por especialidades, de terceros neutrales. Porque el gran valor de esta figura son su independencia y sus conocimientos sobre la materia concreta en litigio», explica Magro.
La Ley 1/2025 también contiene una gran novedad: la implementación de la justicia restaurativa. Un enfoque alternativo para resolver conflictos en el ámbito penal, que se centra en las necesidades de las víctimas y en la reparación del daño causado, en lugar de enfocarse en el castigo del ofensor.
Para el magistrado del Tribunal Supremo, la justicia restaurativa no es simplemente un complemento del sistema penal tradicional, sino un mecanismo esencial para la reparación del daño causado por los delitos.
“La justicia restaurativa da protagonismo a las víctimas, permitiéndoles expresar cómo han sido afectadas y promoviendo su recuperación. Una metodología que es clave para evitar la reincidencia, al hacer que los infractores asuman la responsabilidad de sus actos”, explica.
«Es especialmente útil en contextos donde la relación entre las partes necesita ser reconstruida”, añade. «Esto no incluye los delitos de violencia de género», aclara.
Hasta ahora la única cosa que había en materia de mediación penal era el artículo 15 del Estatuto de la Víctima. «Ahora lo que han añadido es un desarrollo, un poco escaso, desde mi punto de vista, cómo hacer hacer la mediación en la fase de instrucción y en la fase de la ejecutoria penal. A diferencia de la mediación civil, en este caso solo cabe la mediación intrajudicial. El juez de instrucción puede plantear a las partes la derivación a una mediación intrajudicial. O que la propia defensa del acusado así se lo plantee a la acusación».
¿Cuál es el objetivo de la mediación penal? «Buscar la conformidad entre las partes a través de un acta de mediación que emite un abogado experto en este tipo de mediaciones y que después se presenta al fiscal para plantear una conformidad, una propuesta de acuerdo de pena. Si el acusado pide perdón e indemniza a la víctima, y la víctima lo acepta, se cumple el objetivo de la justicia restaurativa que no es otro que resarcir por el daño sufrido. Este tipo de mediación puede ser muy eficaz en todos aquellos delitos que comporten un desembolso económico».
El Supremo, cuenta, ya ha establecido en algunos casos en donde la pena no supere los dos años, que se suspenderá su ejecución siempre y cuando se haya resarcido la responsabilidad civil.
Noticias Relacionadas: