JJpD pide priorizar la experiencia en violencia sobre la mujer en la judicatura
El magistrado Edmundo Rodríguez Achútegui es el portavoz de JJpD. Foto: Confilegal.

JJpD pide priorizar la experiencia en violencia sobre la mujer en la judicatura

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19/1/2025 05:35
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Actualizado: 18/1/2025 22:31
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Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) ha lanzado un contundente llamamiento al Ministerio de Justicia, las Cortes Generales y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para garantizar que la especialización en violencia de género reciba el trato que merece dentro de la judicatura y que las reformas legislativas no perjudiquen ni a las víctimas ni a quienes trabajan en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

La reciente Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia ha ampliado las competencias de estos juzgados para incluir delitos como trata con fines de explotación sexual, mutilación genital femenina, matrimonios forzosos y delitos contra la libertad sexual.

Esto refuerza la necesidad de especialización judicial, ya que todas estas materias afectan a víctimas especialmente vulnerables.

Sin embargo, JJpD advierte que el actual marco legal crea desigualdades entre los jueces que ya trabajan en estos juzgados y aquellos de jurisdicción penal general, afectando negativamente la carrera profesional de los primeros.

Falta de reconocimiento

La modificación legislativa mencionada, que amplía las competencias de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, promete transformaciones significativas en el ámbito judicial. Estos cambios, sin embargo, traen consigo un desafío crucial: la necesidad de respetar y aprovechar la experiencia de quienes ya trabajan en esta delicada materia.

A pesar de que la reforma busca fortalecer el tratamiento de los casos relacionados con violencia de género, según JJpD no aborda una cuestión clave: la preferencia que el artículo 330.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) otorga a los jueces del orden penal general sobre aquellos que desempeñan funciones en juzgados mixtos, como los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

Esta norma, que regula los traslados y el acceso a plazas judiciales, establece un criterio que puede desincentivar la especialización y debilitar la atención a las víctimas.

JJpD afirma que esta discriminación contradice el principio de especialización que debería primar en el tratamiento de una problemática tan delicada.

La falta de convocatoria de pruebas o cursos de especialización por parte del CGPJ agrava aún más esta situación. Sin herramientas que reconozcan formalmente la experiencia de quienes ya trabajan en violencia de género, estos jueces enfrentan barreras adicionales para acceder a traslados o promociones en el ámbito judicial.

¿Por qué no se prioriza a quienes ya trabajan en esta materia? Esta pregunta resuena con fuerza en el debate actual. Los jueces que atienden casos de violencia de género no solo lidian con el peso de procesos judiciales complejos, sino que también enfrentan la carga emocional de trabajar con víctimas en situaciones extremas.

Su experiencia no es intercambiable, y sin embargo, el marco legal actual los coloca en desventaja frente a sus colegas de jurisdicción penal general.

Esta paradoja no es nueva. La especialización en violencia de género, introducida con la Ley Orgánica 1/2004, fue concebida para ofrecer una respuesta judicial integral y eficaz.

No obstante, su implementación ha estado plagada de retos, desde la falta de recursos hasta el estigma asociado al trabajo en esta área. Ahora, la modificación legislativa vuelve a poner en el centro del debate la importancia de proteger y reconocer a quienes han construido una carrera en este ámbito.

Soluciones

JJpD plantea dos soluciones concretas y urgentes. Por una parte, propone modificar el mencionado artículo 330.5 de la LOPJ para equiparar el trato de los jueces que trabajan en Juzgados de Violencia sobre la Mujer con aquellos de otras jurisdicciones especializadas, como la contencioso-administrativa o laboral.

Esto garantizaría que la experiencia en una materia específica se traduzca en oportunidades justas dentro de la carrera judicial.

Y por otra, solicita al órgano de gobierno de los jueces que, mientras la reforma legislativa se lleva a cabo, se adopte una interpretación analógica del artículo 330.5. Esto permitiría equiparar temporalmente las condiciones de los jueces especializados en violencia de género con las de otras jurisdicciones.

    Estas medidas no solo buscan justicia para los jueces afectados, sino que también persiguen garantizar que las víctimas de violencia de género reciban la atención de los profesionales más cualificados.

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