La aparente simulación de los síntomas de una incapacidad temporal del trabajador ha provocado su despido procedente. Foto: Confilegal
Solicita la incapacidad temporal por sangrar por la nariz y le descubren haciendo una ruta de 90 kilómetros en bicicleta
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19/1/2025 05:35
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Actualizado: 18/1/2025 21:00
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado el despido procedente de un trabajador en incapacidad temporal. Ello, después de ser «pillado» haciendo rutas de varios kilómetros corriendo y en bici, cuando el médico le había recomendado «ejercicio moderado».
Una actividad deportista que, para la empresa, suponía un quebrantamiento de la buena fe contractual.
El deporte se ha convertido, para muchos en los últimos años, en un ejercicio para cuidar de su salud mental, además de la física. Sin embargo, en ocasiones el ejercicio físico también puede ser un enemigo. Especialmente, cuando lo haces de forma semiprofesional, estando de baja por incapacidad temporal en la empresa.
Esto le sucedía a Jesús Carlos (nombre ficticio), un vendedor de la empresa de productos de deporte Equipe Vainqueur S.L., quien trabajaba para la compañía desde 2018.
Empleado que cursó incapacidad temporal durante varios días de marzo de 2023. Y, posteriormente, comenzaba otro proceso en abril «por fiebre, malestar general y hemorragia de las vías respiratorias». Cuadro de epistaxis y ansiedad que parecía promovida, según el informe clínico, por situación de estrés laboral.
«Se emite baja laboral, y se aconseja controles de tensión domiciliaria y ejercicio suave diario», destacaban los médicos de cara al cuadro que presentaba el trabajador.
Baja médica que, sin embargo, se convertía días después en un despido procedente. Ello, tal y como explicaba la empresa, por una transgresión de la buena fe contractual. Y es que el trabajador había sido «cazado», por un detective contratado por la empresa, llevando a cabo actividades deportivas «a nivel semiprofesional».
Una incapacidad temporal que se convierte en despido procedente
En concreto, el 17 de marzo, «el trabajador corrió una distancia de entorno a 10km. El 18 de marzo, realizó una marcha en bicicleta de cerca de 70km. Y el 19 de marzo, realizó una marcha en bicicleta de unos 90 kilómetros». Eso sí, el 21 de marzo, se emite parte de confirmación del diagnóstico de «hemorragia en vías respiratorias, fiebre y malestar general que le impide desarrollar su trabajo».
Abuso de confianza y quebrantamiento de la buena fe contractual que provocaban el despido procedente. Y que llevaban a Jesús Carlos ante el Juzgado de lo Social nº17 de Madrid, en reclamación por despido. Una demanda que, sin embargo, era desestimada.
Fallo que acababa en recurso de suplicación ante el TSJM. En concreto, ante la sala de lo social compuesta por los magistrados María Aurora de la Cueva Aleu (presidente), María Begoña García Álvarez (ponente), Ana María Orellana Cano y Alicia Catalá Pellón.
Tribunal que desestimaba nuevamente las pretensiones del trabajador. Y es que, según la sentencia 681/2024, «las actividades realizadas por el actor durante el periodo de incapacidad temporal evidenciarían su aptitud para el trabajo».
«La recomendación del facultativo fue la de realizar ejercicio suave diario, mas no un ejercicio a nivel semiprofesional», destaca el tribunal. Una recomendación que, pese no haberse seguido el 19 de marzo, tras una marcha en bicicleta de 90 kilómetros, provocaba que dos días más tarde el médico confirmara «la misma limitación funcional».
«Las actividades evidenciaban en aquel momento una aptitud del trabajador en el aspecto laboral que bien puede hacer pensar en una simulación, claramente perjudicial para la empresa», sentencia el TSJM. Y así, confirma el despido procedente a pesar de la incapacidad temporal.
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