JJpD propone unificar las categorías de juez y de magistrado para suprimir el ascenso y el traslado forzoso
Edmundo Rodríguez Achútegui, portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia, plantea esta contrapuesta a los planes del ministro de la materia, Félix Bolaños. Foto: EP.

JJpD propone unificar las categorías de juez y de magistrado para suprimir el ascenso y el traslado forzoso

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01/2/2025 13:01
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Actualizado: 01/2/2025 17:01
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El portavoz del Secretariado de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), Edmundo Rodríguez Achútegui, propone «unificar las categorías de juez y magistrado» para evitar «el ascenso forzoso con el consiguiente traslado, afectando a la conciliación de la vida profesional y familiar de las jueces y jueces”. ¿La vía? Aprovechando la anunciada reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

«La carrera judicial está configurada en la actualidad en tres categorías: juez, magistrado y magistrado del Tribunal Supremo», explica. «La promoción de la categoría de jueza a la condición de magistrada –pues la gran mayoría son mujeres– siempre ha sido problemática. La ley obliga a cambios de destino indeseados, lo que propicia que haya juzgados con una alta tasa de traslados y destinos poco reclamados, a los que suele abocarse a quien son ascendidos».

De acuerdo con Rodríguez Achútegui, lo que se plantea «perjudica el servicio que se presta a la ciudadanía, profesionales del derecho y sociedad y perturba, también, el desarrollo personal y familiar a la judicatura, al imponer cambios de domicilio y sacrificios innecesarios».

BOLAÑOS IMPULSA EL REGRESO A LA SITUACIÓN ANTERIOR A 2009

En 2009 el Parlamento reformó Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), mediante la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, eliminando la obligatoriedad del traslado forzoso al ascender de la categoría de juez a magistrado.

Esta reforma permitió a los jueces que obtenían el ascenso optar por permanecer en la plaza que venían ocupando o trasladarse a una vacante disponible en el momento del ascenso. De este modo, se rompió el vínculo obligatorio entre la categoría del órgano judicial y la del profesional, facilitando la conciliación de la vida personal y profesional.

Así están las cosas, en la actualidad.

Recientemente, el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha propuesto una nueva reforma que contempla, entre otras medidas, el regreso al estado anterior de 2009: la reintroducción del traslado forzoso para jueces y fiscales al ascender a la categoría de magistrado o fiscal.

Esta iniciativa ha generado una reacción negativa entre los profesionales afectados, quienes consideran que la medida es «anacrónica» y perjudicial para la conciliación familiar y personal, ya que implicaría una movilidad geográfica obligatoria que podría desestabilizar sus vidas.

Un punto de vista que claramente comparte Rodríguez Achútegui y JJpD. De ahí que proponga esta alternativa para dejar las cosas como están.

LA DISTINCIÓN ENTRE JUEZ Y MAGISTRADO CARECE DE JUSTIFICACIÓN

El portavoz de JJpD argumenta que la distinción entre juez y magistrado se ha desdibujado y carece de justificación. «Porque juezas y jueces son destinados, mientras permanecen en la Escuela Judicial, a realizar prácticas en tribunales de la categoría superior».

Y una vez que superan la fase de la Escuela Judicial, como primeros destinos se ofertan numerosas plazas de magistrados que no se cubrieron por los concursos ordinarios de traslados, por lo que quedaron desiertas.

El magistrado también sostiene que “también quienes integran la categoría de juez y sirven como Jueces en expectativa de destino o Jueces de Adscripción Territorial, son destinados a trabajar en juzgados y tribunales que están reservados a la categoría de magistrado”.

A su juicio “la experiencia demuestra, en general, que en estos casos la actividad jurisdiccional no se resiente, ni se produce extrañeza o quejas”. Y concluye: “El sistema acepta con naturalidad que personas que son jueces o juezas, atiendan responsabilidades propias de magistrados o magistradas”.


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