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Una abogada, en situación de desahucio por precario del despacho que compartía con su hermano por la herencia de su padre. Foto: Confilegal

Consigue en el Supremo desahuciar a su hermana del bufete de abogados que le legó su padre en herencia

27 / 02 / 2025 05:35

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La herencia de un hombre, propietario de un bufete de abogados, ha llegado hasta el Tribunal Supremo. Y es que uno de sus hijos no dudaba en solicitar ante el alto tribunal el desahucio por precario de su hermana. Ello, a pesar de que la mujer llevaba más de 20 años ejerciendo como abogada en el despacho propiedad de su padre.

El desahucio por precario es un procedimiento judicial mediante el cual el propietario o titular legítimo de un inmueble reclama la recuperación de su posesión cuando un ocupante lo usa sin pagar renta ni tener un derecho reconocido para permanecer en él.

A pesar del cariño entre familiares, la distribución de las herencias no siempre es una tarea sencilla. Algo que, en este caso, ha llegado ante el Tribunal Supremo. Ello, debido a la titularidad y la explotación de un local del fallecido, dispuesto en el testamento para su hija, abogada de profesión.

Casimiro (nombre ficticio) establecía su testamento, en 1995, legando a su esposa todos los derechos que le correspondían en la casa que habitaban. del mismo modo, instituyó herederos, a partes iguales, a sus cuatro hijos. Ello, estipulando una partición específica en la herencia.

«Que se adjudique a sus hijos Juan Pedro y Estrella, por partes iguales, el local donde tiene instalado su despacho profesional, con todos los libros, muebles e instalaciones existentes en el mismo», estructuraba el testamento. Una condición que, sin embargo, provocaba que el hombre llevara a su hermana ante los tribunales.

En concreto, ante el Juzgado de Primera Instancia nº2 de Vilagarcía de Arousa. Juzgado ante el que la demandada alegaba que «lo que se reclama no es la parte de la herencia, sino del negocio, cuyo crecimiento llevó a cabo sin la menor ayuda de su hermano, y que constituye su medio de vida».

«No se trata de un local más, sino que, por expreso deseo del causante, se le adjudicó para el ejercicio de su profesión», alegó la afectada.

El Supremo confirma el desahucio del local de la herencia

Alegaciones que, sin embargo, no fueron suficientes para el Juzgado de primera instancia, que estimaba la demanda, y fallaba asegurando que la demandada se encontraba en situación de precario.

Ello, debido a que «el bien del pleito sigue siendo parte de la comunidad hereditaria, y se encuentra en situación de indivisión». Y, del mismo modo, «no se ha aportado documental o prueba alguna de la existencia de un acuerdo previo en el que se le entregase el inmueble para un uso determinado, ni que fuese la voluntad del testador».

Fallo que no compartía la Audiencia Provincial de Pontevedra. Así pues, en recurso de apelación, este tribunal sí valoraba la legitimidad de la abogada de cara al local. Incluso, sin haberse producido la adjudicación de la herencia.

«La demandada se encuentra legitimada para continuar con el mismo uso anterior de despacho profesional, porque es lo que deduce de su voluntad testamentaria», asegura. «No tiene condición de precarista, y el actor carece de legitimación para desalojarla mientras se mantenga la actividad», destaca.

Un reparto de la herencia que ha llegado en recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En concreto, ante la sala de lo Civil compuesta por los magistrados José Luis Seoane Spegelberg (ponente), Mª Ángeles Parra Lucán y Antonio García Martínez.

Tribunal que, en su sentencia 164/2025, fallaba a favor de los intereses del hermano. Y así, confirmar la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, así como el desahucio de la abogada.

«La demandada carece de un título que justifique la posesión exclusiva y excluyente», explica el alto tribunal. Algo que provoca que «la acción de precario ejercitada deba prosperar».

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