Puigdemont
El magistrado Pablo Llarena le negó la amnistía a Carles Puigdemont y dos exconsejeros por malversación al considerar que hubo un «propósito de enriquecimiento», una de las excepciones previstas en la ley. Foto: EP.

El Supremo revisa mañana si Puigdemont y sus dos exconsejeros pueden ser amnistiados por malversación

9 / 03 / 2025 12:33

Actualizado el 09 / 03 / 2025 12:33

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El Tribunal Supremo celebrará mañana, a las 10:30 horas, una vista pública para analizar los recursos de apelación presentados por Carles Puigdemont y los exconsejeros Antoni Comín y Lluís Puig contra la decisión del magistrado instructor del ‘procés’, Pablo Llarena, de no aplicarles la amnistía por el delito de malversación.

Llarena rechazó en julio amnistiar la malversación al considerar que hubo un «propósito de enriquecimiento», una de las excepciones previstas en la ley. Además, consultó a las partes sobre la posibilidad de plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional en relación con la desobediencia, otro delito por el que están procesados.

Tras un recurso de reforma desestimado en septiembre, la defensa elevó el caso a la Sala de Apelaciones del Supremo, que accedió a celebrar una vista oral. El tribunal, compuesto por los magistrados Vicente Magro (presidente), Eduardo de Porres (ponente) y Susana Polo, escuchará mañana los argumentos de las partes: defensa, Fiscalía, Abogacía del Estado y la acusación popular ejercida por Vox.

Una interpretación controvertida

En su recurso, la defensa de Puigdemont, dirigida por el abogado Gonzalo Boye, calificó de «excéntrica» la interpretación de Llarena sobre el enriquecimiento, señalando que se ha forzado el concepto con el fin de excluir a su cliente de la amnistía.

Para Llarena, cualquier pago con fondos públicos que implique una contraprestación dineraria, incluso sin beneficio personal, puede constituir enriquecimiento. Puso como ejemplo el pago de un banquete de boda con dinero público.

Boye replicó que el enriquecimiento debe entenderse de manera «literal y restringida», es decir, como un aumento material del patrimonio personal.

La defensa subrayó que esta interpretación fue cuestionada en su momento por la magistrada Ana Ferrer, cuyo voto particular defendió que la malversación en el ‘procés’ sí es amnistiable.

Impacto en la UE y críticas a Llarena

Otro argumento de Llarena fue que la independencia de Cataluña podría haber afectado los intereses financieros de la Unión Europea, lo que también excluiría la amnistía.

Boye tachó esta idea de «especulación tardía», alegando que no se ha demostrado ninguna afectación real a los fondos comunitarios.

Además, señaló que si el juez hubiera creído en esa posible afectación, debería haberse inhibido en favor de la Fiscalía Europea, competente en delitos contra los intereses financieros de la UE.

Mañana, la Sala de Apelaciones del Supremo tendrá la última palabra sobre si la interpretación de Llarena se ajusta a derecho o si Puigdemont y sus exconsejeros pueden acogerse a la amnistía por malversación.

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