Abogado General de la UE cuestiona la independencia e imparcialidad del Tribunal Constitucional polaco
El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Dean Spielmann. Foto: Unión Europea

Abogado General de la UE cuestiona la independencia e imparcialidad del Tribunal Constitucional polaco

11 / 03 / 2025 12:27

Actualizado el 11 / 03 / 2025 12:27

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Dean Spielmann, ha expresado serias dudas sobre la independencia e imparcialidad del Tribunal Constitucional polaco.

En sus conclusiones, apunta a las «graves irregularidades» en el proceso de nombramiento de varios de sus jueces en años recientes, situando al tribunal en el centro de una controversia que desafía la primacía del Derecho comunitario.

Esta postura surge en el contexto de un recurso presentado por la Comisión Europea, que acusa a Polonia de desafiar la primacía del Derecho de la Unión Europea mediante dos fallos, los días 14 de julio y 7 de octubre de 2021, del Tribunal Constitucional.

Dichos fallos declararon la incompatibilidad de ciertas disposiciones de la Constitución polaca con el Derecho comunitario, en una maniobra que ha sido descrita como una «rebelión sin precedentes».

El equipo legal de la Comisión argumentó que estos fallos «menoscaban la tutela judicial efectiva» y «violan la primacía, autonomía, efectividad y aplicación uniforme» del Derecho de la UE, afectando directamente el marco legal comunitario.

Además, la Comisión destacó que debido a las irregularidades observadas durante el nombramiento de varios jueces y la presidenta del Constitucional polaco entre 2015 y 2016, el tribunal ya no satisface los criterios de independencia e imparcialidad requeridos por la UE.

Graves irregularidades

El Abogado General Spielmann, tras revisar los hechos presentados por Bruselas y admitidos por el Gobierno polaco, concluyó que las irregularidades en los nombramientos son «manifiestas y graves».

Por tanto, establece que el Tribunal Constitucional polaco no puede ser considerado un órgano jurisdiccional «establecido por la ley, independiente e imparcial» conforme al Derecho de la Unión.

No cabe duda de que, mediante esas sentencias, el Tribunal Constitucional polaco lanzó un ataque frontal a los principios fundamentales del ordenamiento jurídico de la Unión y a la autoridad de las sentencias del Tribunal de Justicia. La violación de estos principios y autoridad no puede justificarse en ningún caso invocando disposiciones de Derecho nacional, incluidas las de naturaleza constitucional.

De igual manera, la invocación de la identidad constitucional del Estado miembro no permite poner en entredicho los principios fundamentales del Derecho de la Unión.

Cabe destacar que, aunque las opiniones de los Abogados Generales no son vinculantes, aunque históricamente el TJUE tiende a seguir estas recomendaciones en sus fallos finales.

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