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Opinión | Deontología: publicidad y realidad
Albino Escribano, decano del Colegio de Abogados de Albacete y uno de los grandes especialistas españooles en deontología profesional, aborda en su columna la cuestión de la publicidad. Foto: AE.
05/5/2025 00:45
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Actualizado: 05/5/2025 10:09
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La Abogacía ha evolucionado mucho en su adaptación a la sociedad. No en vano, como señala Roca Junyent, son los profesionales de la abogacía los que acercan al ciudadano a la justicia y los que contrastan con la realidad los límites y la eficacia de la norma.
Esta profesión alejada de la sociedad, de la gente de la calle, carecería en gran parte de su sentido, al menos en aquellos aspectos que le dotan de una función social básica y necesaria.
Otra cosa es la interacción con la sociedad, con la ciudadanía. Y en este aspecto, se pone de manifiesto una de las cuestiones quizá peor resueltas en materia de deontología y, en mi opinión, con relevancia para el derecho de defensa.
Lejos quedan aquellas normas que venían a prohibir de un modo absoluto la publicidad de los servicios profesionales, criterios que consideraban incluso contrario a la profesión el simple hecho de poner una placa en la puerta del edificio para indicar que allí se encontraba el despacho.
La situación actual puede considerarse como de libertad sometida a la legislación sobre la materia (publicidad y competencia), aunque condicionada a las normas deontológicas.
Quizá esta última precisión no sea sino una simple manifestación de intenciones, toda vez que principios como dignidad e integridad tienen una gran carga de subjetividad que hace difícil perseguir conductas en base a ellos.
LÍMITES
Hay ciertos límites claros, como la publicidad que revele hechos sujetos a secreto profesional o con referencia a clientes, o la utilización de emblemas institucionales, o la de aquellos anuncios que inciten al pleito o conflicto (que evidentemente son contrarios a la concordia que es signo distintivo de la abogacía y que se consagra en la Ley Orgánica 1/2025), o la oferta de servicios a víctimas de catástrofes (prohibida por la Ley del Estatuto de la Víctima y que ha dado particular juego en la pandemia y en la Dana) o la promesa de resultados que no dependen de nosotros (esta es una profesión que solo puede prometer trabajo, medios, y no resultados).
Frenar esto es complicado en una sociedad dominada por la inmediatez y por los mensajes en redes sociales, que participan de las características generales del resto de los mensajes que son objeto de estos instrumentos.
Y frente a algunos muy interesantes y útiles, hay una mayoría que difícilmente pueden ser considerados objetivos, veraces y dignos. Otros, directamente, producen vergüenza ajena.
«No hay que confundir lo que se dice que somos y hacemos con lo que somos y hacemos».
La legislación general sobre publicidad y competencia parte de una base de igualdad: todas las profesionales son iguales en la materia. Pero, con todos los respetos, no puede ser igual vender detergentes (muy útiles por otra parte) que vender servicios jurídicos, los cuales están destinados a salvaguardar el derecho de defensa, el derecho de la ciudadanía a proteger sus derechos e intereses legítimos.
Y aquí, la carencia de principios éticos en su oferta al público puede estropear algo más que el contenido de una lavadora.
Muchos compañeros muestran su indignación cuando ven determinados anuncios ante los cuales poco se puede hacer desde las instituciones en base a los límites de la legislación general, la cual se impone frente a las normas profesionales.
También es cierto que la ciudadanía debería ser la primera protegida por las instituciones de la abogacía, con un desarrollo de lo que somos y a que nos dedicamos, y cuales son nuestros principios.
CRÍTICAS RAZONABLES
Una labor educativa, digna e íntegra, frente al postureo publicitario diario que se suma, en cierta medida, al populismo, demagógico y colonizador, con que hoy, desgraciadamente, nos encontramos.
No hay que confundir lo que se dice que somos y hacemos con lo que somos y hacemos. Un examen somero permite ver las diferencias, si es que interesa.
Ello ha suscitado críticas bastante razonables, como la que indica el compañero José Luis Pérez Benítez al escribir que “hoy muchos Colegios de Abogados son prestadores de servicios o defensores de abogados, cuando su única función debería ser la deontológica y de defender a la ‘abogacía’ de los propios abogados«.
Quizá la desafección de la mayoría de los profesionales respecto de sus colegios tenga su base en esa idea. Nos centramos en lo accesorio, eso sí con mucho marketing y publicidad, y olvidamos lo principal, el origen, los principios.
Y en la materia publicitaria que estamos tratando, llega un hilo de esperanza en resoluciones de fuera de nuestro país. La Comisión Federal de Comercio de Estados Unidos, ha impuesto una fuerte multa a una plataforma que ofrece servicios legales a los consumidores en base a Inteligencia Artificial por publicidad engañosa: anuncia “el primer abogado robot del mundo”.
Según la Comisión, no cuenta con la evidencia necesaria para garantizar que los servicios legales que prestaba la sancionada actuaran como un profesional legal, al cual decían sustituir, señalando que las empresas que prometen reemplazar a profesionales humanos deben tener la capacidad real para hacerlo, y deben respaldarlo con evidencias.
No se si ese filtro, acreditación de lo que se publicita, pasaría aquí por muchos anuncios de profesionales, la mayoría de los cuales ni siquiera indica el colegio al que pertenece, como exige el artículo 6.3 CDAE: especialistas en todas las ramas del derecho, cuasi promesas de resultados y experiencia exenta de demostración. Y, además, bueno y barato.
Quizá haya que relajarse un poco. Recuerdo a Paco Monsalve, un conocido abogado de Albacete, ya fallecido.
Cuando, recién incorporado a la profesión, llamé al veterano abogado por un asunto y le dije mi nombre, me contestó: “Compañero, yo fui abogado de tu abuelo”.
Y en un juicio en Villarrobledo, ante un abogado que presumía ante él de no haber perdido ningún juicio, le repuso: “pues habrás llevado muy poquitos, Compañero”. Un fenómeno sin necesidad de publicidad.
Muchas veces, la indignación no nos conduce a nada. La relajación y la humildad son buenos consejeros ante el despropósito, especialmente el publicitario, que sólo califica a quien lo realiza.
La profesión y sus principios están por encima. Protejámosla, incluso de los abogados, especialmente de los abogados. El derecho de defensa, su realidad y efectividad, está en juego. Ese derecho no es nuestro, sólo lo ejercemos, y hay que hacerlo en serio.
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