Joseba Asiron, alcalde e Pamplona, interpuso esta demanda por un tuit de Vox Navarra que decía que seguía "patrocinando el terrorismo". Y lo etiquetaba como "alcalde terrorista". La magistrada considera que los politicos deben soportar un mayor grado de crítica en el ejercicio de sus funciones. Foto: EP.
Desestimada la demanda del alcalde de Pamplona -EH Bildu– contra Vox Navarra por llamarle «alcalde terrorista» en un tuit
La justicia considera que no hubo intromisión ilegítima en el honor de Joseba Asiron Sáez
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14/5/2025 14:05
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Actualizado: 14/5/2025 14:17
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La magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Pamplona, María Pastor Cisneros, ha desestimado la demanda que interpuso el alcalde de la ciudad, Joseba Asiron Sáez, de EH Bildu, contra Vox Navarra, al considerar que las expresiones vertidas por el partido en su cuenta oficial de la red social X (antes Twitter) —donde se le calificaba de “alcalde terrorista” y de “patrocinar el terrorismo”— se encuentran amparadas por el derecho a la libertad de expresión en el contexto de la contienda política.
Así lo resuelve la sentencia 445/2025, dictada el pasado 8 de mayo.
ASIRÓN SOLICITABA UNA INDEMNIZACIÓN DE 30.000 €
El demandante, Joseba Asiron Sáez, alcalde de Pamplona, solicitó 30.000 euros de indemnización por daños morales, además de la publicación íntegra de la sentencia en la cuenta de Vox Navarra en X.
La magistrada Pastor Cisneros rechaza que las expresiones utilizadas por Vox Navarra constituyan una intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante (artículo 18 de la Constitución Española y artículo 7.7 de la Ley Orgánica 1/1982 de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen).
Para justificarlo, la magistrada realiza un extenso juicio de ponderación entre el derecho al honor y la libertad de expresión (articulo 20 CE), apoyándose en jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, y concluye que: “Aunque se trate de imputaciones que no son plenamente justificables, dichas expresiones, valorando todas las circunstancias concurrentes, se encuentran amparadas en la libertad de expresión.”
Y enfatiza que las manifestaciones de Vox deben leerse en el contexto de un debate político áspero, en el que la crítica incluso dura y molesta forma parte del juego democrático, especialmente cuando se dirigen a una figura pública como un alcalde.
Los hechos
El origen del conflicto está en un tuit publicado el 17 de septiembre de 2024 por Vox Navarra, donde se acusaba al alcalde Asiron de patrocinar el terrorismo en relación con el cartel de las fiestas de San Fermín Txikito.
El cartel, que contenía símbolos y anagramas vinculados con ETA y los presos de la banda, fue elaborado por una asociación vecinal, pero patrocinado por la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento, bajo el gobierno de EH Bildu.
El mensaje afirmaba que Asiron “sigue patrocinando el terrorismo” y lo etiquetaba como “alcalde terrorista”.
El autor del tuit, Juan Mira Jarillo, responsable de comunicación de Vox en Navarra, declaró en el juicio que su intención era lanzar una crítica política al uso de fondos públicos para financiar iniciativas que —según su visión— ensalzan la simbología de ETA.
La magistrada reconoce el “indudable interés público y relevancia política” del asunto, dadas las implicaciones ideológicas de los partidos enfrentados —EH Bildu y Vox— y el contexto de confrontación.
Considera que las afirmaciones del tuit no son objetivamente veraces, pero tampoco se puede demostrar que hayan causado un daño personal, familiar o social concreto a Asiron: “No digo que no la haya tenido [repercusión], pero no considero que en este caso lo haya probado».
La sentencia subraya que los representantes públicos no pierden su derecho al honor, pero deben soportar un mayor grado de crítica en el ejercicio de sus funciones. En este caso, el tribunal considera que se cruzó el límite del buen gusto, pero no el de la legalidad.
Asimismo, subraya que el número de seguidores de la cuenta (unos 10.000) no evidencia una “gran repercusión pública”, y no se ha probado que los medios se hicieran eco del mensaje ni que generara una oleada de reacciones dañinas hacia el demandante.
Argumentos rechazados y consecuencias
La magistrada también rechaza las excepciones procesales planteadas por Vox: la falta de legitimación pasiva de Vox Navarra como parte demandada, la supuesta incompetencia de la jurisdicción civil (alegando que se trataba de posibles delitos de calumnias e injurias) y la ausencia de un acto previo de conciliación penal.
Todos esos argumentos se desestiman por entender que Vox y Vox Navarra son jurídicamente una misma entidad, y que no existe obstáculo para ventilar estos hechos en sede civil.
La sentencia concluye desestimando íntegramente la demanda e impone las costas del procedimiento a la parte actora.
No es firme, puede recurrirse en apelación ante la Audiencia Provincial de Navarra.
Quién es el alcalde de Pamplona
Joseba Asiron Sáez es un historiador del arte, profesor y político español, nacido en Pamplona el 14 de abril de 1962. Es licenciado en Historia del Arte por la Universidad de Zaragoza y doctor por la Universidad de Navarra, con una tesis sobre la arquitectura nobiliaria medieval navarra. Desde 1991, ha ejercido como profesor de Historia del Arte en la Ikastola San Fermín, en Cizur Menor.
Es miembro de Euskal Herria Bildu (EH Bildu). Fue elegido alcalde de Pamplona por primera vez en 2015, convirtiéndose en el primer regidor de la izquierda abertzale en la capital navarra. Tras perder la alcaldía en 2019, regresó al cargo el 28 de diciembre de 2023, gracias a una moción de censura apoyada por el PSN, Geroa Bai y Contigo-Zurekin.
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