La mediación avanza, también en los despachos de los letrados de la Administración de Justicia (LAJ). La Asociación Española de Mediación (ASEMED) ha iniciado un programa de capacitación especializado en métodos adecuados de solución de conflictos (MASC) dirigido a los LAJ de la Comunidad de Madrid, con el objetivo de capacitarlos en técnicas que permiten resolver controversias sin necesidad de recurrir a la vía judicial tradicional.
La sesión inaugural, celebrada en el Salón de Actos de los Juzgados de Madrid –en el edificio de Plaza de Castilla– contó con un ponente de excepción: el magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo y exfiscal general del Estado, Julián Sánchez Melgar. Su intervención giró en torno al papel de la mediación dentro del sistema judicial español y su compatibilidad —necesaria, dijo— con la labor jurisdiccional.
Para Sánchez Melgar, los MASC no son una alternativa menor, sino una herramienta complementaria que fortalece el derecho a una tutela judicial efectiva y descongestiona los juzgados.
Junto a Sánchez Melgar intervino después Jesús Lorenzo Aguilar Sáenz, abogado, mediador y director general de ASEMED, quien centró su intervención en las aplicaciones prácticas de la mediación desde la óptica del Letrado de la Administración de Justicia: desde su impulso en el seno del expediente hasta su implementación efectiva como cauce de derivación judicial.
El curso tiene como objetivo dotar a los LAJ de competencias en mediación, promover una cultura jurídica más orientada a la paz social y modernizar el modelo de justicia con instrumentos más ágiles, económicos y satisfactorios para las partes.
La iniciativa se alinea con el nuevo marco legal que refuerza el papel de los MASC en el proceso civil, especialmente tras la entrada en vigor, el pasado 3 de abril, de la parte de la Ley de Eficiencia Organizativa referida a la mediación que consagra su utilización obligatoria en ciertos supuestos.
En este nuevo escenario, los LAJ, como directores técnicos del proceso, están llamados a desempeñar un papel clave en su implementación. Porque, entre otras cosas, son los que tienen que verificar que se ha producido el requisito de admisibilidad.