La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, la magistrada Beatriz Biedma, ha dictado una providencia por la que mantiene bajo su dirección la causa abierta contra David Sánchez Pérez-Castejón —hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez— y Miguel Ángel Gallardo, presidente de la Diputación de Badajoz, hasta que se acredite formalmente que este último ha adquirido la condición de diputado autonómico en la Asamblea de Extremadura.
Precisamente, hoy se ha conocido que el secretario general del PSOE de Extremadura, Miguel Ángel Gallardo, presentará este viernes 30 de mayo su renuncia como presidente de la Diputación de Badajoz y como concejal del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.
En dicho procedimiento se investiga, entre otros, un presunto delito de malversación relacionado con actividades de la Diputación pacense.
La jueza ha requerido a la Asamblea de Extremadura que certifique si Gallardo ostenta efectivamente el cargo de diputado autonómico, una condición que, de confirmarse, implicaría su aforamiento ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX).
A su vez, ha solicitado a la Junta Electoral de Extremadura que remita toda la documentación vinculada al proceso de sustitución de la diputada María de la Cruz Rodríguez, quien renunció recientemente a su escaño, y que ha sido reemplazada por Gallardo.
Según el escrito presentado por la defensa de Gallardo el pasado 22 de mayo, su patrocinado fue proclamado diputado electo el 21 de mayo por la Junta Electoral, y desde ese momento goza de las prerrogativas propias del cargo, incluyendo el aforamiento ante el TSJEX.
Para ello se apoya en el artículo 15.2 del Reglamento de la Asamblea extremeña, que establece que “los derechos y prerrogativas serán efectivos desde el momento mismo en que el diputado sea proclamado electo”.
La defensa sostiene que corresponde al TSJEX no solo el enjuiciamiento de Gallardo, sino también todas las decisiones relativas a su procesamiento y juicio. A mayor abundamiento, entiende que dicha competencia debe extenderse a todos los investigados en la causa, incluido David Sánchez, al tratarse de una posible causa conjunta en la que uno de los imputados está aforado.
Aún queda pendiente determinar dónde recaerá la causa
Sin embargo, la magistrada instructora ha rechazado, por ahora, la petición de inhibición planteada por el abogado de Gallardo. En su resolución, recuerda que, conforme a la doctrina consolidada, no corresponde a un juzgado de instrucción declinar directamente su competencia en favor de un órgano superior, sino que debe ser este último el que, una vez oídas las partes y al Ministerio Fiscal, determine si le corresponde asumir la causa.
“Será el Tribunal competente el que, en su caso, deberá pronunciarse sobre su propia competencia, y no este órgano judicial”, precisa la jueza Biedma en su providencia.
La decisión sobre una eventual remisión de las diligencias al TSJEX, por tanto, queda supeditada a la recepción de la documentación requerida a la Asamblea de Extremadura y a la Junta Electoral.
En paralelo, en un auto independiente, la jueza ha corregido un error material detectado en su auto de apertura de juicio oral, en el que se atribuía erróneamente la competencia para juzgar la causa a un Juzgado de lo Penal, cuando en realidad, por la naturaleza de los hechos, la competencia correspondería a la Audiencia Provincial de Badajoz, siempre en función de lo que finalmente determine el TSJEX.
Asimismo, la magistrada ha dejado constancia del recurso de reforma interpuesto por la defensa de Luis María Carrero, otro de los investigados en la causa, contra el auto de apertura de juicio oral, lo que añade un nuevo elemento de dilación a un procedimiento judicial que aún no ha resuelto de forma definitiva la cuestión competencial.