Por primera vez en la historia judicial española, un tribunal ha ordenado a un condenado abrir una cuenta en redes sociales para publicar el fallo de una sentencia. La jueza Myriam Feijóo Delgado, titular del Juzgado de Primera Instancia número 36 de Madrid, ha impuesto esta medida a Luis Pineda Salido, expresidente de la desaparecida Ausbanc, condenado por una intromisión ilegítima en el derecho al honor del periodista Carlos Fernández Guerra.
La resolución judicial obliga a Pineda a crear un nuevo perfil en la red social X (anteriormente Twitter), bajo el nombre @luispineda2025, y a publicar durante diez días consecutivos —desde el 1 de agosto— un mensaje informando de su condena por difamación. Esta medida se adopta después de que su cuenta original fuera suspendida en 2017, cuando ya fue obligado a publicar otro fallo por hechos similares contra el secretario general de FACUA, Rubén Sánchez.
A instancias del abogado demandante, David Bravo, y ante la imposibilidad de utilizar la cuenta suspendida, la jueza ha autorizado la apertura de un nuevo perfil con los mismos elementos identificativos —nombre, biografía y fotografía— que la cuenta original.
Condena por mensajes en Twitter y publicaciones en prensa
El caso juzgado hace referencia a una serie de publicaciones realizadas entre abril y junio de 2014. En total, 21 tuits y tres artículos en el periódico “Mercado de dinero”, editado por Ausbanc, en los que Pineda se refería al periodista Carlos Fernández Guerra con expresiones como “matón 2.0”, además de compararlo con la mafia y las SS nazis. En aquel momento, Fernández Guerra gestionaba la cuenta oficial de Twitter de la Policía Nacional.
El juzgado consideró que estos mensajes constituían un ataque grave al honor del periodista y condenó a Pineda y al entonces director de publicaciones de Ausbanc, Luis Suárez Jordana, al pago de 9.000 euros. Además, se fijó una indemnización adicional de 3.000 euros a cargo de Pineda. La Audiencia Provincial de Madrid redujo posteriormente las sanciones a 5.000 y 1.000 euros respectivamente, pero mantuvo el resto de obligaciones impuestas en la sentencia.
Entre las medidas de reparación, además de los tuits diarios, se obliga a Pineda a difundir el fallo en un periódico de tirada nacional durante tres días consecutivos y a eliminar los tuits concretos señalados en la demanda.
Un historial judicial reincidente
La condena confirmada por el Tribunal Supremo en octubre de 2022 incluyó también el pago de 6.000 euros a título de indemnización a Fernández Guerra y las costas procesales de primera instancia. Esta es la quinta sentencia firme contra Pineda por hechos similares. Acumula condenas por intromisiones ilegítimas en el honor de FACUA, Rubén Sánchez y otros, con indemnizaciones que suman decenas de miles de euros.
En su historial judicial, destacan otras medidas de carácter ejemplarizante: en una anterior condena por difamar a Rubén Sánchez, se le impuso la obligación de tuitear el fallo durante 30 días consecutivos. En otro procedimiento, una sentencia de 2017 le obligó a publicar su condena en carteles del mobiliario urbano por injurias contra FACUA.
Pineda también ha enfrentado causas penales. Estuvo en prisión provisional durante tres años y fue condenado a ocho años por delitos de extorsión y estafa, aunque finalmente fue absuelto por el Tribunal Supremo.
Este nuevo fallo introduce un precedente inédito en el ámbito judicial español: el uso obligatorio de redes sociales por parte de un condenado como medio de reparación del daño causado a la reputación de una persona.