Alberto González Amador, el novio de Isabel Díaz Ayuso, ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid la negativa a practicar tres diligencias de defensa que la juez Inmaculada Iglesias rechazó cuando le investigó por la presunta comisión de dos delitos fiscales y uno de falsedad documental en relación a un supuesto fraude fiscal.
En el recurso de apelación presentado contra el auto dictado el pasado 28 de mayo por el Juzgado de Instrucción nº19 de Madrid, la defensa pide que se tome declaración a dos testigos y se incorpore un informe pericial junto con la declaración del investigado pues arrojaría luz sobre las facturas emitidas en relación a los servicios profesionales prestados por su cliente en México y Costa de Marfil.
Este juzgado, que la titularidad ha pasado al juez Antonio Viejo tras la jubilación de Iglesias, instruye la causa por la que se investigó a González Amador tras la denuncia de la Fiscalía de Madrid después de que la Agencia Tributaria detectara un presunto fraude en el impuesto de sociedades de su mercantil, Maxwell Cremona, en los ejercicios de 2020 y 2021.
La defensa alega que resulta «necesario» incorporar al sumario, en primer lugar y antes de la consideración de la liquidación tributaria, las declaraciones de estos testigos.
«[La práctica de las diligencias] no sólo da realidad de los servicios prestados en Costa de Marfil, sino que esa realidad no la ha conocido la AEAT, no la ha podido valorar ni la ha tenido jamás en cuenta sin que figure de ninguna forma ni incorporado ni considerado en su expediente tributario ni incorporado al sumario», indica la defensa sobre la posible exculpación de su cliente por falta de apreciación de la Agencia Tributaria.
La defensa de González Amador ve indicios de vulneración del derecho de defensa
Para la parte recurrente, la denegación de diligencias vulnera su derecho de defensa y su presunción de inocencia. Además, concuerdan los abogados, que son parte clave para demostrar «si las facturas responden a servicios realmente existentes y las mismas no pueden considerarse falsas» por lo que, según su criterio no sería posible considerar la concurrencia de delito fiscal.
«La negativa que integran las resoluciones que se recurren a la práctica de las únicas tres diligencias de defensa propuestas constituye la continuación en la destrucción absoluta y desaparición de los derechos fundamentales a defensa y a la presunción de inocencia de Alberto González Amador, hasta la desaparición de cualquier contenido materia», censura la defensa.