Puigdemont
Una vez admitido, el TC debe pronunciarse sobre la petición de medida cautelar de Puigdemont de que se anule la orden nacional de detención contra su persona y contra los otros dos prófugos. Foto: EP.

El TC admitirá el recurso de amparo contra la decisión del Supremo de negarle la amnistía por malversación

30 / 09 / 2025 05:44

En esta noticia se habla de:

El Tribunal Constitucional despejará la próxima semana una de las incógnitas más esperadas del curso político: admitirá a trámite el recurso de amparo de Carles Puigdemont contra la decisión del Supremo de negarle la amnistía por malversación.

Será el primer paso de un proceso que definirá el futuro judicial del expresidente de la Autonomía catalana y de otros líderes del «procés».

El Pleno, que arrancará el 7 de octubre, abordará tres asuntos nucleares de la ley de amnistía.

Primero, la admisión de los amparos de Puigdemont y los exconsejeros Antoni Comín y Lluís Puig, después de rechazar en el anterior cónclave las recusaciones que ambos lanzaron contra cuatro magistrados —Cándido Conde-Pumpido, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías— para apartarlos de las deliberaciones.

Con este trámite quedarán admitidos todos los recursos presentados hasta ahora contra la negativa del Supremo a amnistiar la malversación. Ya lo están los de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull.

Solo faltaban estos tres.

Las medidas cautelares, un horizonte complicado con la malversación en el horizonte

Una vez admitidos, el TC deberá pronunciarse sobre dos peticiones de medidas cautelares. Junqueras y los demás condenados reclaman que se les levante la inhabilitación. Puigdemont y Comín, que se anulen las órdenes nacionales de detención.

Según fuentes jurídicas consultadas, aunque es habitual solicitarlas, raramente se conceden. Todo apunta a que serán rechazadas, bien en un trámite específico o directamente en las sentencias de fondo.

El Pleno dictará sentencia sobre el recurso de inconstitucionalidad que presentaron las Cortes de Aragón, el único de los dieciséis recursos contra la ley —impulsados por el PP, gobiernos autonómicos populares y Castilla-La Mancha— que aborda la cuestión de la malversación.

En ese recurso se argumenta que excluir de la amnistía los casos que afecten a los intereses financieros de la UE «se compadece mal» con incluir como amnistiables «determinados delitos de malversación en los que ‘no haya existido propósito de enriquecimiento'», según reza el artículo 1 de la ley.

El texto alega que esto vulnera el principio de legalidad penal del artículo 25 de la Constitución, «dado que es ajeno al concepto de malversación que haya habido o no un propósito de enriquecimiento».

Sin embargo, las fuentes advierten que esta sentencia hará solo una aproximación superficial al tema. No cabe esperar un impacto directo en la situación de Puigdemont o Junqueras.

El análisis de fondo llegará después, cuando el TC resuelva los amparos y entre de lleno en si el Supremo debió o no amnistiar la malversación del procés.

Ese es el asunto central que el Constitucional tiene pendiente desde que el pasado 26 de junio avaló la ley de amnistía con matices menores. Será entonces cuando se aclare el futuro inmediato de los líderes independentistas.

La cuestión de los desórdenes públicos

El tercer frente que abordará el Pleno es la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Supremo sobre dos condenados por desórdenes públicos en Gerona tras la sentencia del «procés». Los magistrados del Supremo acudieron al TC con la «absoluta convicción» de que la ley vulnera «al menos» el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica.

Las fuentes anticipan que tanto en estas sentencias como en las que vendrán —por los recursos autonómicos y otras cuestiones judiciales— el TC aplicará la doctrina ya fijada en junio: la ley de amnistía es constitucional. Todo lo demás será desarrollo y concreción de aquella primera validación.

Noticias relacionadas:

Peinado da 7 días al nuevo abogado de Begoña Gómez para presentar su escrito de defensa

La exalcaldesa de Campillo de Arenas, Jaén, condenada por apropiarse con la tasa del mercadillo municipal

El Supremo avala la destrucción de las urnas incautadas el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y rechaza entregárselas a Puigdemont

Peinado da un nuevo plazo a las partes para reformular sus escritos tras el archivo de dos delitos a Begoña Gómez

Opinión | La amnistía no es de aplicación a la malversión del «procés»

El TJUE avala la Ley de Amnistía en malversación y terrorismo, con límites: fondos europeos y graves violaciones de derechos humanos

Lo último en Tribunales

MASC-1067x600

La negociación entre los abogados de las partes es suficiente para cumplir con el MASC

consentimeinto llamda spam

10.000 euros de sanción por realizar una llamada de spam de 46 segundos a un cliente de la lista Robinson

OVB Allfinanz

El TS cierra la puerta a OVB Allfinanz y confirma su responsabilidad en la venta de ‘unit linked’ engañosos

Deducción por vivienda habitual: Se abre la puerta para los que adquieran el 100 % de una copropiedad

Una comunidad de propietarios, condenada por no arreglar una terraza y provocar una humedad en uno de los pisos

caso koldo garcía

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno prorroga seis meses la investigación del caso Koldo