El exministro Jose Luis Ábalos durante la audiencia preliminar en el Tribunal Supremo el 12 de febrero de 2026
El magistrado instructor del caso mascarillas, Leopoldo Puente, impuso esta fianza el pasado enero con el fin de garantizar las responsabilidades pecuniarias derivadas de la celebración del juicio, que comenzará el próximo 7 de abril. Foto: EP.

El Supremo inicia una investigación del patrimonio de Ábalos y Koldo por impago de la fianza de 60.000 euros

20 / 03 / 2026 13:35

Actualizado el 20 / 03 / 2026 13:35

El Tribunal Supremo (TS) ha acordado iniciar una “averiguación patrimonial” contra el exministro de Transportes José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García, tras constatar que ninguno de los dos ha abonado en plazo la fianza de 60.000 euros fijada en el marco de la investigación por las presuntas irregularidades en la adquisición de mascarillas durante la pandemia (conocido como caso mascarillas).

La decisión se recoge en una diligencia de ordenación dictada por el alto tribunal en la que se deja constancia expresa del incumplimiento por parte de ambos encausados de la obligación de consignar dicha cantidad dentro del plazo establecido.

La fianza fue acordada por el magistrado instructor del caso mascarillas, Leopoldo Puente, con el fin de «cubrir las responsabilidades pecuniarias que pudieran imponérseles» en el juicio, cuya celebración está prevista para el próximo 7 de abril.

Una fianza con riesgo de embargo

En dicho auto del pasado mes de enero, el magistrado de la Sala de lo Penal concedió a los acusados un plazo de cinco días para efectuar el depósito, apercibiéndoles de que, en caso de no hacerlo, se procedería al embargo de bienes de su propiedad en cuantía suficiente para cubrir la suma reclamada.

Asimismo, se les instó a acreditar su eventual situación de insolvencia si carecían de liquidez o de bienes susceptibles de embargo.

Koldo solicitó a Puente que también impusiera la fianza a Aldama

Cabe recordar que Koldo García pidió al Tribunal Supremo que reclame también una fianza al empresario Víctor de Aldama dada su «exuberante capacidad económica y solvencia material»

Sin embargo, el magistrado instructor explicó que «las eventuales responsabilidades civiles que con ello tratan de asegurarse traerían causa de la posible comisión de ilícitos penales que solo a aquéllos –y no a Aldama– se atribuyen por las acusaciones en esta causa especial».

Puente aludió a posibles indemnizaciones que podrían tener que pagar Ábalos y Koldo en favor de las empresas públicas Ineco y Tragsatec, «constituyendo dichas responsabilidades civiles la parte notablemente sustancial de las posibles responsabilidades pecuniarias cuya satisfacción trata aquí de asegurarse cautelarmente».

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