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La Audiencia Provincial son los tribunales de justicia que conforman una provincia y tienen su sede en la capital de la misma. Son órganos colegiados con competencia en los órdenes jurisdiccionales civil y penal. Están integradas por dos o más Secciones, compuestas por un Presidente y dos o más magistrados. El Presidente de la AP presidirá una de las Secciones. La competencia de las Audiencias Provinciales, en el orden penal y en el orden civil, vienen determinadas por la Ley Orgánica del Poder Judicial.