El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Sevilla desestima la demanda de la Administración autonómica, que reclamaba 89 millones a la multinacional sueca propietaria de la mina.
La Sala concluye en esta resolución que el principio de primacía del Derecho de la Unión obliga a interpretar la normativa interna española de acuerdo con lo que establece la Directiva del IVA.